Resolución es resultado de un juicio de amparo promovido por un grupo de mujeres activistas que reclamaron omisiones por parte de autoridades.
Un juzgado federal ordenó a las autoridades estatales y municipales cumplir con las recomendaciones previstas en la Alerta de Violencia de Género (AVG), decretada por la Secretaría de Gobernación en ocho municipios de Morelos en agosto de 2015.
La resolución fue resultado del juicio de amparo 1255/2024, radicado en el juzgado Tercero de Distrito y promovido por un grupo de mujeres activistas, quienes reclamaron diversas omisiones de las autoridades, como el no hacer del conocimiento público el motivo de la aplicación de la AVG en Morelos; no implementar las acciones y medidas de atención en materia de seguridad, procuración e impartición de justicia y de reparación del daño; no elaborar informes por lo menos cada seis meses sobre avances de las medidas previstas en la AVG; no asignar los recursos presupuestales necesarios y suficientes; y no observar los principios de transparencia, máxima publicidad y acceso a la información durante la totalidad de las etapas del proceso.
Además de omisiones en el diseño y ejecución de la estrategia para la recuperación de espacios públicos; en la prevención de la violencia mediante medidas seguridad específicas en zonas de riesgo o de alto índice de violencia contra las mujeres; la integración y actualización adecuada del Banco Estatal de Datos e Información sobre casos de violencia contra las mujeres; y la falta de asignación de recursos para conformar una unidad especializada encargada exclusivamente de dar trámite a las carpetas de investigación relacionadas con los feminicidios u homicidios dolosos de mujeres.
En su fallo, el juzgado federal consideró fundados los reclamos de las quejosas y concedió el amparo para efecto de que todas y cada una de las autoridades responsables, con base en las facultades que les confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, su Reglamento, la Ley local respectiva, y la propia Declaratoria de Violencia de Género contra las Mujeres, así como las diversas disposiciones o normas relacionadas, realicen las acciones que les corresponden conforme a la emisión de la AVG, emitida hace una década.
Por ejemplo, ordenó que la gobernadora, en coordinación con la Mesa de Armonización Legislativa y el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario (GIM) en Morelos -que da seguimiento a la Declaratoria de Violencia de Género contra las Mujeres-, en el ámbito de sus atribuciones, coordine la implementación de las acciones para subsanar las omisiones respecto a las medidas de seguridad, prevención, justicia y reparación en los ocho municipios incluidos en la AVG.
También ordenó generar un programa de trabajo y un cronograma para dar cumplimiento a lo establecido en el segundo y tercer resolutivo de la declaratoria, con el fin de lograr un trabajo conjunto e interinstitucional que denote la intención de acatar las medidas previstas en la alerta.
“Debe señalarse, que los efectos de la presente concesión constriñen a las autoridades responsables para que en el ámbito de sus facultades y atribuciones reactiven la implementación de las acciones del Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, ya que será el ente encargado de coordinar las acciones y medidas respectiva, junto con la Mesa de Armonización Legislativa, quienes deberán informar y acreditar que se retomaron tales encomiendas, con lo cual se tendrá por cumplida la presente resolución”, estableció en su sentencia emitida en el mes de junio, pero que fue notificada a todas y cada una de las autoridades durante el mes de julio.
Sin embargo, esta sentencia fue impugnada por una persona que se acreditó como delegada de la Comisión Nacional para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, la llamada CONAVIM, que fue extinta por decreto en enero pasado y cuyas funciones fueron absorbidas por la recién creada Secretaría de la Mujer, a cargo de Citlalli Hernández. Por el momento, el recurso de revisión transita hacia un tribunal colegiado, quien determinará si admite o no la inconformidad.