Las mujeres que se dedican a la política han encontrado la herramienta perfecta para mantener “a raya” a los periodistas que pretenden ejercer su derecho a la libertad de expresión como lo habían venido haciendo durante décadas: la figura jurídica denominada “Violencia Política en Razón de Género”.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), publicada en el Diario Oficial el 1 de febrero de 2007, es la ley marco para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Establece principios como igualdad, dignidad, no discriminación y define los distintos tipos de violencia, incluidos los relacionales, políticos y simbólicos.
En un Capítulo IV Bis, adicionado el 13 de abril de 2020, se define explícitamente la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPRG) en los artículos 20 Bis y 20 Ter:
Art. 20 Bis: Incluye acciones u omisiones (incluida la tolerancia) basadas en género, públicas o privadas, que limiten o anulen los derechos políticos de las mujeres, su participación, prerrogativas, funciones o libertad de organización. Considera impacto diferenciado o dirigido por condición de mujer.
Art. 20 Ter: Especifica conductas como incumplimiento de normas, restricción al voto, obstáculos a la participación o acceso a cargos, entre otras.
La Ley General en Materia de Delitos Electorales, en las reformas del 13 de abril de 2020 establecen sanciones penales (de 1 a 6 años de prisión) para quienes cometan VPRG. Si el agresor es servidor público o figura política (candidato, funcionaria, etc.), la pena puede aumentar en un tercio.
Ahora bien, como suele ocurrir en muchas de las figuras jurídicas en la legislación de este país, lo que fue pensado para una situación en beneficio de las mujeres, también se puede usar para otros fines.
La perversión de una figura legal concebida para proteger, convertida en arma de intimidación: la violencia política en razón de género, lejos de fortalecer la libertad y representación de las mujeres, se ha metamorfoseado en un recurso para silenciar voces incómodas. Originalmente diseñada para denunciar agresiones dirigidas a mujeres en el ámbito político, hoy — bajo el manto de una interpretación lacónica— se está desplazando su propósito en contextos electorales y mediáticos. Este uso indebido ha devenido en un verdugo de la crítica, tan efectivo como ambiguo, con un alto costo para el periodismo independiente.
Casos como el del periodista Héctor de Mauleón dejan en evidencia esta tendencia: el Instituto Electoral de Tamaulipas le ordenó retirar un artículo donde señalaba posibles actos corruptos –y fue acusado de violencia política de género– sin que se motivara una evidencia clara de misoginia. El fallo sentenció que debía abstenerse de vincular “a personas o actos delictivos”, lo que claramente rompe con la libertad de expresión y protección del interés público.
La escalada de estas prácticas fue denunciada por ARTICLE 19, que documentó al menos diecinueve procesos legales dirigidos contra medios y periodistas, muchos bajo la justificación de “procedimientos especiales sancionadores”. Estos procesos, aunque carezcan de sustento, implican alto desgaste emocional y económico, generando un efecto inhibitorio sobre la libertad de prensa.
Morelos no es ajeno a esa problemática. Varios colegas han sido sancionados y actualmente se encuentran en la lista de violentadores por haber hecho referencias negativas a mujeres servidoras públicas.
Y aquí si vale la pena ser autocríticos. Debemos reconocer que, durante décadas, los periodistas no distinguíamos de entre hombres y mujeres que se dedican a la política, y abusamos de los adjetivos peyorativos hasta caer en la vulgaridad. Ahora, las mujeres se sienten intocables, aunque muchas de ellas son más corruptas que el llamado sexo fuerte.
En Cuautla, el periodista Paco Cedeño fue denunciado por violencia política de género por dos funcionarias. Primero, la regidora Anita Sánchez Guerra lo acusó de “malinformar” durante una transmisión en vivo previa a una sesión del Cabildo, reclamándole: “¿Por qué no me entregas ningún documento oficial?” Poco después, su hermana, la senadora Juanita Guerra Mena, también lo demandó por la misma figura legal.
Lo grave es que no solo quieren un “perdón social”: desde el IMPEPAC piden que Cedeño ya no mencione a la regidora en sus transmisiones o que, en su defecto, pague hasta 60 mil pesos, y acepte disculpas públicas. Incluso incluyeron en la queja a dos colaboradores suyos que no tienen nada que ver con la redacción.
La crítica se acentúa desde la sociedad civil: en un artículo publicado recientemente en el periódico El País, se apunta que la figura judicial de violencia política por género se ha convertido en un comodín de blindaje de piel delgada. La citada herramienta, acuñada para enfrentar agresiones reales, ha sido usurpada por políticos para blindarse ante cuestionamientos legítimos y coartar la opinión pública
Estos casos muestran que, en lugar de ser revulsivo contra las injusticias de género, esta figura con vocación protectora está siendo usada como escudo sofisticado para silenciar.
HASTA MAÑANA.