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Reforma a la Ley de Amparo: ¿retroceso vs avance en la impartición de justicia?


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En el artículo titulado “La democracia y el Poder Judicial”, publicado el 1° de junio pasado en este medio informativo, en relación con la famosa “Reforma Judicial”, donde se elegiría vía voto popular a los integrantes del Poder Judicial, mencionamos que dicha reforma (ahora Derecho Vigente) no es la solución al precario sistema de impartición de justicia de México, en virtud de que no se hicieron modificaciones sustanciales al Derecho Adjetivo, es decir, a los procedimientos y procesos jurisdiccionales para que fuesen más ágiles y  accesibles (a pesar de ya haber juicios orales), estando al alcance de los gobernados. Y ahora, a un año de que inició el gobierno de Claudia Sheinbaum Pardo, la mandataria presentó la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo, principalmente, así como a disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con el discurso de que “el sistema judicial sea más expedito”, y que “esta reforma no debilita el amparo, lo fortalece, lo mantiene como un escudo de la ciudadanía, pero ya no como un refugio de quienes buscan evitar la justicia. Ampararse para defender derechos es justicia, ampararse para ocultar delitos es impunidad”.

No obstante lo dicho por la presidencia de la república, lo cierto es que esta propuesta modificatoria a uno de los medios de control de la constitucionalidad del poder político más emblemáticos en la historia de la impartición de justicia de México, no alcanzaría para lograr una justicia en pro de los gobernados, del pueblo bueno y sabio. Al contrario, se está yendo contra la propia esencia del Amparo, que es proteger a los gobernados contra los actos de autoridad del poder político, al limitar las posibilidades en materia de la suspensión del acto reclamado, que es uno de los elementos clave del Juicio de Amparo; además, la propuesta presentada por el Ejecutivo Federal y aprobada en la Cámara de Senadores (ya se envió para su revisión a la Cámara de Diputados) se enfoca principalmente en materia fiscal, ya que lo que realmente busca el gobierno de la 4T no es agilizar la justicia para los pobres, los más necesitados o las mujeres indígenas, sino controlar a los contribuyentes y así hacerse de más recursos económicos mediante los créditos fiscales.

Y en este último aspecto, debemos precisar que —si bien es cierto— los ciudadanos deben contribuir con el gasto público (artículo 31, fracción IV de la Constitución Política) para que el Estado cuente con los recursos necesarios para cumplir con sus fines, no son las formas de intentar conseguirlo mediante esta reforma legal, siendo ello un acto más de vanidad política, ¿por qué? Porque la 4T piensa que estarán siempre en el poder, al autodenominarse “la voz del pueblo”, siendo ellos los buenos; sin embargo, ¿qué pasará cuando este gobierno termine? Nada es eterno, y en materia política un día estás en el poder, donde todos te adulan y son tus amigos, y al otro ni se acuerdan de ti, con un Poder Judicial pintado de guinda y con una modificación al Amparo que, en vez de fortalecer a la ciudadanía frente a la autoridad, es viceversa.

Tengamos muy presente que cuando un ciudadano recurre al amparo, no sólo pide una suspensión o protección temporal: pide que se le reconozca que el Estado (cualquiera de sus instancias) debe someterse a la ley y principalmente a la Constitución. Modificar esa herramienta, sin transparencia ni consenso robusto, es tocar fibras profundas, como lo jurídico, lo político y lo humano. Por lo tanto, percibimos un discurso presidencial seductor, como es el sello particular de la demagogia mexicana: “fortalecer” al amparo y “hacer más expedito” el sistema judicial. Según la narrativa oficial, ya no se permitirán amparos como refugio de quienes buscan la impunidad, sino como un escudo ciudadano, pero el trasfondo es otro: al limitar la suspensión del acto reclamado, el gobierno erosiona la esencia misma del amparo, ese instrumento histórico que ha protegido a los gobernados frente a los excesos de poder.

Ahora bien, a pesar de que la reforma es nacional, y también implica un avance tecnológico con la implementación de los juicios de amparo de manera digital, sus efectos resonarán con especial fuerza en estados como Morelos, donde comunidades rurales o indígenas enfrentan barreras mayores para acceder a la justicia, desde la traducción al náhuatl, hasta la lejanía, la falta de recursos o el desconocimiento de derechos. Recordemos casos históricos como el del Proyecto Integral Morelos, la termoeléctrica de Huexca, el asesinato del activista Samir Flores, etc., que han mostrado que instrumentos legales, protestas comunitarias, amparos, movilizaciones y todas esas formas de resistencia tienen que ser defendidas.

¿Es deseable una reforma al Amparo? Absolutamente sí, si su propósito es que el sistema sea justo, eficiente y transparente. Pero las reformas de este tipo no pueden imponerse bajo riesgo de debilitar la defensa ciudadana, porque lo que está en juego no es sólo la legalidad, sino la dignidad, y sobre todo la impartición de justicia, que no puede estar inclinada a favor, en este caso, de la autoridad. No basta con prometer que los derechos se conservarán, deben estar garantizados, accesibles, reales, y si lo que pretenden es debilitar la suspensión en los juicios de amparo, específicamente de corte fiscal, con la intención de que los créditos fiscales sean ejecutados y no se prolonguen, como lo plantea el gobierno de la Cuarta Transformación (que es cierto, se vuelven largos al interponerse recursos que retrasan los juicios), lo que se debería hacer es contar con equipos jurídicos en las instituciones públicas que realicen bien los actos de autoridad sin vulnerar los derechos de los gobernados, y no den pauta a amparos tras amparos. Como lo dijo en su momento nuestro profesor de Amparo, Ignacio Burgoa Llano, el Juicio de Amparo es un verdadero juego de ajedrez, por lo que implica estrategia, y eso es válido.

Reiteramos: al final, la justicia sin defensa popular es sólo una promesa hueca. Y en un Estado de Derecho y en una Democracia, los mecanismos de control de la constitucionalidad, como lo es en este caso el Juicio de Amparo, representan el supremo derecho de la ciudadanía a no ser gobernada arbitrariamente, en virtud de que debe prevalecer el valor del ciudadano frente a la autoridad, y que se garantice una verdadera justicia para todos.

 

Facebook: Juan Carlos Jaimes

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Juan Carlos Jaimes

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