Política

En Morelos ya se castiga el mal uso de la inteligencia artificial


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Fue publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” la reforma al artículo 150 bis del Código Penal de Morelos, con la que se castiga a quienes, usando las nuevas tecnologías, generen, difundan o comercialicen contenidos íntimos en situaciones falsas, sin consentimiento.

En Morelos ya se castiga a quien, usando herramientas de inteligencia artificial, cree, difunda o comercialice imágenes, audios o videos con contenido íntimo de una persona, sin su consentimiento y recreando situaciones falsas.

En el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” fue publicada la reforma hecha por el Congreso del estado, en la que se adicionan los párrafos sexto y séptimo del artículo 150 bis del Código Penal para el Estado de Morelos, y con ello entró en vigor esta modificación.

Con estos cambios se sanciona de manera específica el uso de herramientas de inteligencia artificial en la violación a la intimidad de las personas sin su consentimiento, y se castigará con penas de cuatro a ocho años de prisión y una multa de mil a dos mil UMA (Unidad de Medida y Actualización).

Con la reforma se contemplan castigos para quienes, con estas herramientas tecnológicas, recreen hechos o situaciones falsas con apariencia real.

“Quien, haciendo uso de la inteligencia artificial, manipule imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual de una persona, para crear hechos falsos con apariencia real, con el propósito de exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y/o compartir a través de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otro medio tecnológico, sin su consentimiento expreso, voluntario, genuino y deseado”, se lee en el texto añadido.

Asimismo, se establece que: “Se entenderá por inteligencia artificial las aplicaciones, programas o tecnología que analicen fotografías, audios o videos y ofrezcan ajustes automáticos para hacerles alteraciones o modificaciones”.

La iniciativa que dio pauta a esta modificación legal fue presentada por la diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Eleonor Martínez Gómez.

En su propuesta original se contemplaba una agravante para este delito cuando la víctima fuera mujer, e imponía el doble de la pena prevista; sin embargo, en la dictaminación, la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación decidió eliminarla al considerar que, si bien reconoce que las mujeres, niñas y adolescentes son quienes con mayor frecuencia padecen diversas formas de violencia digital sexual facilitadas por el uso de tecnologías emergentes, “el diseño de agravantes específicas por razón de género debe insertarse en un marco más amplio de política criminal con perspectiva interseccional, y no resolverse mediante un incremento punitivo aislado que puede no atender adecuadamente la complejidad estructural del fenómeno”.

E invitó a abordar el tema del agravante por razón de género con una “mayor profundidad, a través de reformas integrales que se inserten en estrategias legislativas coherentes, interinstitucionales y centradas en la reparación del daño, la prevención estructural y la transformación cultural”.

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Jose Antonio Guerrero

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