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Miércoles, 05 Noviembre 2025
Sin embargo se mueve ...

Érase una vez un país

TXT F. Alejandro Sánchez F. Miércoles, 5 Noviembre
Lectura 3 - 5 minutos
Érase una vez un país
Érase una vez un país
Sin embargo se mueve ...
Lectura 3 - 5 minutos

Érase una vez un país

TXT F. Alejandro Sánchez F. Miércoles, 5 Noviembre
Érase una vez un país
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Érase una vez un país donde la gente buscaba un cambio que le pudiera ayudar a encontrar el bienestar para ellos y su familia. Poco a poco se comenzó a construir algo llamado “democracia”, donde el poder pudiera residir en el pueblo, donde se tuvieran y respetaran derechos y libertades como la educación, salud, seguridad y la libertad de expresión. Todo ésto a través de representantes electos por el pueblo, bajo un ejercicio de participación ciudadana coordinado por instituciones que ayudaran a la transparencia y a la rendición de cuentas.

El cambio sucedía lentamente, pero muchas personas no podían seguir esperando. Se requería de una oportunidad que pudiera cambiar el rumbo de su vida. La ilusión de un cambio y una transformación se convertía en la esperanza de México, la cual se pintó de color guinda y mucha gente eligió sin pensarlo mucho. En los últimos 7 años, la historia es diferente, donde los cambios y sus resultados nos afectan a todos hoy en día.

Por ejemplo, dentro del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) se propuso y aceptó un incremento a las bebidas azucaradas en México, el cual aumenta de $1.64 a $3.08 pesos por litro para el 2026. La intención de este impuesto es desanimar el consumo de estas bebidas para combatir problemas como la obesidad y la diabetes, que tienen una alta prevalencia en México. Sin embargo, no basta con castigar fiscalmente el consumo de azúcar, ya que el problema de salud mencionado es multifactorial y requiere de soluciones más integrales que logren cambiar los hábitos no solo de consumo en la población.

Desafortunadamente, la regulación de este impuesto genera otros problemas, ya que se ponen al mismo nivel de las bebidas azucaradas otras bebidas, como los electrolitos, argumentando que tienen azúcares añadidos. En teoría, no pagarían impuestos aquellas bebidas que cumplan con la formulación propuesta por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Pero algunas bebidas con electrolitos usan ciertos tipos de “azúcar” por una cuestión fisiológica y no de lujo. Tampoco tienen azúcar (sacarosa) como tal, sino que tienen glucosa, que ayuda a que los iones de las sales se asimilen en el intestino de manera rápida y se resuelva el problema de deshidratación. Entonces, al aprobarse la reforma al IEPS [1] no solo se castiga a los usuarios de dichas bebidas, sino a la empresa que las produce, con lo que se vuelve una injusticia. Pero ante la injusticia teníamos un escudo, que era el juicio de amparo, que permitía la suspensión de este tipo de reformas, como un incremento a un impuesto que no solo afecta la economía, sino la salud de muchos. Desgraciadamente, la reforma al Poder Judicial, y la aprobación en septiembre de las reformas al juicio de amparo [2], nos ponen a todos en un predicamento, que ya se ha abordado en esta columna [3].

Supongamos que queremos defender nuestro derecho a los electrolitos, que son considerados medicamentos y que tienen una formulación que fisiológicamente es benéfica, aunque no cumpla cabalmente las pautas de la OMS. Aun promoviendo un juicio de amparo basado en la salud, enfrentaríamos la dificultad de las restricciones para la suspensión del impuesto, y posiblemente sea muy difícil también probar el interés legítimo, requiriendo justificar una lesión jurídica real y no solo una afectación. Además, tendríamos que comprobar el beneficio "cierto" que tiene el uso de los electrolitos a la salud de las personas. Como ya se ha comentado, la redacción de la reforma podría limitar el acceso a la justicia, especialmente —como en este caso— a los derechos colectivos de la salud, ya que hace más difícil probar la lesión jurídica y el beneficio cierto. Si a eso le sumamos la interpretación judicial, la resolución del juicio dependerá de la interpretación que los tribunales hagan, especialmente, de los requisitos de "lesión jurídica real" y "beneficio cierto". Todo este proceso se llevaría a cabo teniendo que pagar el impuesto (dado que no habría suspensión) hasta que haya una resolución por parte de jueces que fueron electos de manera popular y que muchos de ellos no tienen la preparación necesaria para el cargo. Podríamos incluir en esta historia la parte donde la empresa afectada promoviera el juicio de amparo, pero la reforma busca primordialmente limitar su uso para evitar el pago de impuestos, priorizando la recaudación fiscal.

Y para finalizar esta historia, otras empresas que se verían afectadas, como la Cooperativa Pascual, ahora piden que se contemplen apoyos económicos para ellos a fin de que pueda seguir operando [4], ya que el nuevo impuesto, al que hemos hecho referencia en esta historia, muy posiblemente hará que sus ventas bajen y enfrenten serios problemas financieros. El dilema entre la posible quiebra, con el desempleo que conlleva, y el supuesto beneficio de la salud para la población, es preocupante. De nuevo, la promoción de un juicio de amparo en estos casos sería inútil.

Érase una vez un país donde existían contrapesos, se construía la democracia y había mecanismos de justicia perfectibles, que daban certidumbre a la inversión y al desarrollo económico. Hoy ya no es el mismo país.

Ligas de interés:

[1]https://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/index.php/boletines/con-cambios-en-lo-particular-la-camara-de-diputados-aprobo-el-dictamen-que-reforma-la-ley-del-ieps
[2]https://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/index.php/notilegis/publica-dof-reformas-a-la-ley-de-amparo-entran-en-vigor-ma-ana-viernes

[3]https://www.launion.com.mx/opinion/sin-embargo-se-mueve/noticias/280833-el-juicio-de-amparo-que-amparo-nos-queda.html
[4]https://www.jornada.com.mx/2025/11/02/politica/005n2pol

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Ant. La diferencia entre engordar y no engordar: el trigo en el pan y la pasta

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