La gobernadora Margarita González Saravia y el titular de la SSPC, Miguel Ángel Urrutia, piden al Poder Judicial y a la FGE frenar la “puerta giratoria” e investigar a magistrados que presuntamente en condiciones irregulares habrían absuelto y liberado a dos multihomicidas.
La gobernadora Margarita González Saravia y el secretario de Seguridad Pública, Miguel Ángel Urrutia Lozano, pidieron al Poder Judicial y a la fiscalía estatal frenar la “puerta giratoria” e investigar a magistrados que presuntamente en condiciones irregulares, habrían absuelto y liberado a dos multihomicidas.
Durante la rueda de prensa semanal, Urrutia Lozano informó que el grupo de “inteligencia penitenciaria” –que forma parte de la nueva estrategia de seguridad-, detectó que el pasado 6 de diciembre llegó al penal de Atlacholoaya un oficio de la Primera Sala del Tercer Circuito, en el que se notificaba la sentencia absolutoria y el auto de libertad de Francisco Yahir “N” y Rogelio Ángel “N”, alias “El Diablo”, ambos considerados como generadores de violencia y detenidos en septiembre de 2022 como presuntos responsables de un triple homicidio en el municipio de Cuautla.
Detalló que estos sujetos habían sido sentenciados a 75 años de prisión el pasado mes de mayo, sin embargo, sin realizar la audiencia de alegatos, los magistrados integrantes de esta sala –Manuel Díaz Carvajal, Cecilia Verónica López González y Rolfi González Rodríguez- emitieron una sentencia absolutoria que permitió la liberación de los multihomicidas.
Narró que previo a la excarcelación de ambos sujetos, y como parte de las acciones de inteligencia penitenciaria, se ordenó vigilar el exterior del penal y se detectó una camioneta Jeep blindada con seis hombre a bordo, que aparentemente esperaban a los dos liberados, pero al momento de hacer una revisión al vehículo, en conjunto con el Ejercicito Mexicano y la Guardia Nacional, se aseguró en flagrancia a cuatro de los tripulantes en posesión de dos armas cortas y una larga, mientras que otros dos lograron huir.
Posteriormente, Francisco Yahir “N” y “El Diablo” fueron liberados en cumplimiento del mandato judicial, por lo que todavía no hay claridad si estos sujetos que los esperan afuera del penal eran sus cómplices o iban a agredirlos, pero sí se corroboró que contaban con antecedentes penales y que dos de ellos, ya habían sido detenidos en octubre pasado por el delito de extorsión.
“Hoy la gobernadora fue muy clara, donde le dictó a la Secretaría General de Gobierno, a la Consejería Jurídica y a los órganos pidiendo el apoyo de la autonomía del Tribunal Superior de Justicia y la Fiscalía General del Estado, que por favor se revise este caso, de esta libertad de estas dos personas con antecedente penales siendo reincidentes”, afirmó Urrutia Lozano.
Agregó que con el “sistema de inteligencia penitenciaria” se detectarán situaciones graves o irregulares, porque existen otros casos, como el del líder delictivo apodado “La Rata” y otra persona, que fueron liberados bajo circunstancias similares.
En su intervención, la gobernadora Margarita González Saravia afirmó que en materia de seguridad se han obtenido resultados en los primeros meses de su gestión, pero “efectivamente nos estamos enfrentando a una situación donde existe lo que conocemos como la puerta giratoria, en donde después de un despliegue, un esfuerzo, una coordinación, inteligencia, trabajo, se detiene a delincuentes que salen de manera inmediata por la mala actuación de jueces y de algunos magistrados.
“Yo he pedido en la Mesa de Seguridad el día de hoy que se investigue a fondo el caso que tuvimos esta semana, en donde todo indica que no fue algo adecuado sacar a estos delincuentes. Entonces, que se investigue”, sostuvo, al insistir que “he pedido a las instancias correspondientes que se investigue este caso porque también tenemos que dejar claro que no vamos a permitir injusticias de parte de la justicia”.
FGE no habría sustentado acusación
Tras estos señalamientos, los magistrados de la Primera Sala del Tercer Circuito declinaron hacer declaraciones a la prensa, con el argumento de que como juzgadores no es posible mediatizar el contenido de sus sentencias, las cuales todavía están subjudice y sujetas a revisión de los tribunales federales.
De acuerdo con fuentes del TSJ consultadas al respecto, efectivamente la resolución del recurso de apelación que concluyó con la absolución de ambos sujetos se realizó sin previa audiencia de alegatos, en virtud de que ninguna de las partes –defensa y Ministerio Público- solicitó tal audiencia.
Sin embargo, la Sala emitió su fallo conforme a la jurisprudencia de la SCJN que establece que “en el proceso penal oral la sentencia que resuelva el recurso de apelación puede dictarse: i) de plano, cuando las partes no solicitaron la celebración de la audiencia de aclaración de alegatos ni el Tribunal de Apelación la considere necesaria”.
Adicionalmente, la resolución absolutoria obedeció a que la Fiscalía General del Estado, como parte acusadora, y sobre quien recae la carga de la prueba, no presentó elementos suficientes para inculpar a los presuntos homicidas, ya que en el expediente del caso el único indicio es que un policía dice que un testigo le dijo haber reconocido a los homicidas, sin embargo, la persona que presuntamente observó cómo ocurrió el crimen nunca fue presentada como testigo en el juicio penal. Ante la insuficiencia probatoria por parte de la representación social, la Sala resolvió la absolución.