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Publicidad en “rutas” y taxis sólo está autorizada en parte trasera del vehículo


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La Secretaría de Movilidad y Transporte publicó en el periódico oficial los requisitos para la colocación de anuncios en las unidades del servicio público.

La Secretaría de Movilidad y Transporte (SMyT) autorizó a los concesionarios de rutas y taxis la colocación de publicidad de productos y servicios en sitios específicos los vehículos.

Con base en los artículo 14 y 117 de la Ley de Transporte del Estado de Morelos, que faculta a la secretaría a regular la publicidad en el transporte público, la dependencia emitió el “Acuerdo que establece y autoriza los espacios que las unidades del servicio público de transporte de pasajeros con y sin itinerario fijo en el estado de Morelos, podrán utilizar para la colocación de publicidad”.

Según el acuerdo publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, las  unidades que prestan el servicio de taxi podrán  fijar  publicidad únicamente en la parte del medallón del vehículo. Las rutas tipo Van y autobuses  únicamente tendrán autorizado la fijación de anuncios en la parte trasera del vehículo.  

En todos los casos, al retirar el material de publicidad deberán mantener limpia la unidad, y la publicidad será colocada sin afectar la visibilidad del vehículo.

El acuerdo estipuló que los concesionarios del transporte público de pasajeros que pretendan colocar publicidad en sus unidades deberán solicitar la autorización de la Dirección General de Planeación Estratégica, Capacitación e Ingeniería de Transportes, y sujetarse a las supervisiones que realizarán las áreas de revista mecánica y de supervisión operativa de la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de Morelos, para  verificar que la publicidad colocada en las unidades del transporte público la publicidad no obstruya o desvirtúe las características y cromática que identifican a los vehículos.

También precisó que las tarifas establecidas por la autorización para la colocación de publicidad en las unidades del transporte público de pasajeros con y sin itinerario fijo son las establecidas en la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.

Advirtió que las rutas y taxis que no cumplan con lo establecido en las disposiciones del acuerdo, emitido por el titular de la dependencia, Víctor Mercado Salgado, serán acreedores a las sanciones previstas en la Ley de Transporte del Estado de Morelos.

El acuerdo incluyó anexos gráficos para que los concesionarios conozcan con precisión las áreas autorizadas para la colocación de publicidad.

 

   

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Maciel Calvo

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