Entró en vigor la homologación realizada por el Congreso local al Código Penal de Morelos
Con su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, entró en vigor la armonización realizada por el Congreso local al Código Penal del Estado de Morelos para derogar de la norma el delito de extorsión.
De acuerdo con el decreto legislativo, era necesaria la eliminación de los artículos 146, 146 Bis y 146 Ter que contemplaban el delito de extorsión, en virtud de que con la vigencia de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar este ilícito –uno de los de mayor incidencia en el país y Morelos– quedaron tácitamente derogadas por mandato constitucional y legal.
Sin embargo, era jurídica y técnicamente necesario eliminar estos artículos de la norma penal estatal para depurar el marco jurídico, evitar confusiones interpretativas entre operadores del sistema penal y asegurar la plena aplicación del tipo penal federal de manera uniforme.
Adicionalmente, justificó que esta derogación de articulados fue en cumplimiento del artículo sexto transitorio previsto en el decreto promulgación de la ley general, que ordenó a las entidades federativas armonizar sus legislaciones locales.
“Por otra parte, si bien el tipo penal es ahora de carácter federal, las entidades federativas conservan atribuciones relevantes en materia de prevención, investigación, coordinación institucional y combate operativo del delito de extorsión”, se estableció y, de acuerdo con una consulta al respecto a la Fiscalía General del Estado, ante esta derogación o armonización legislativa, las autoridades locales y federales tendrán competencia concurrente.
Por otra parte, la ley general estableció que cada estado debe diseñar su propia estrategia para prevenir y combatir este delito dentro del marco de coordinación nacional y, en virtud de ello, se realizó una adición de la fracción XXXII al artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal para otorgar una competencia expresa a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para elaborar e implementar la Estrategia Estatal contra la Extorsión.
“Esta modificación fortalece la estructura administrativa del Estado, clarifica las facultades institucionales y permite articular la política criminal local dentro del Sistema Nacional diseñado por la Ley General”, detalló el decreto.
De acuerdo con la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar, el delito de extorsión tiene una pena desde seis hasta 45 años de prisión; contempla 35 tipos diferentes de conducta delictiva, incluyendo cobro de piso, extorsión sexual y montachoques; y se establecen sanciones severas, incluyendo destitución e inhabilitación, para funcionarios públicos que estén implicados en actos de extorsión.
