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Decretos pensionarios de Morelos, problema recurrente en la SCJN: Aguilar Ortiz


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El Pleno de la SCJN sesionó este martes.
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Decretos pensionarios de Morelos, problema recurrente en la SCJN: Aguilar Ortiz


El Pleno de la SCJN sesionó este martes.
Fotógraf@/ CORTESÍA
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Del total de los expedientes en ejecución en el tribunal constitucional, la mitad corresponde a dichos asuntos, expone el presidente de la Suprema Corte.

El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Hugo Aguilar Ortiz, evidenció que la impugnación de decretos pensionarios de los trabajadores judiciales del estado de Morelos es un problema “muy recurrente”, y del total de los expedientes en ejecución en el tribunal constitucional, la mitad corresponde a este tipo de asuntos.

Al resolver dos controversias constitucionales, promovidas por separado por el Poder Judicial local y la Fiscalía General del Estado, la nueva Corte mantuvo el criterio fijado por las extintas salas respecto a que el Congreso de Morelos, al momento de aprobar el decreto pensionario, tiene la obligación de etiquetar recursos para que el Poder Judicial pueda pagar la jubilación.

Pese a que se citaron algunos precedentes de controversias constitucionales resueltas en el mismo sentido, los ministros mostraron escaso conocimiento sobre el caso peculiar de Morelos, que desde el 2016 y hasta la fecha generó una escalada de recursos de impugnación contra los decretos pensionarios de trabajadores judiciales aprobados por los legisladores, pero sin presupuesto para su pago.

El propio presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, reconoció que esta escalada de controversias constitucionales “es muy recurrente aquí en la SCJN, tenemos alrededor de 217 expedientes en cumplimiento”, de los cuales “hemos logrado avanzar en 50 de estos expedientes”.  

Tras escuchar la propuesta de sentencia de la controversia 260/2024, a cargo de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, consideró que “perfilar bien los efectos de esta controversia puede ayudar para que en el futuro en una adecuada coordinación en la entidad, se resuelva bien el tema de las pensiones y no genere esta invasión de competencias que hoy tenemos”, del Congreso local hacia el Poder Judicial de Morelos.  

Destacó que estos “217 (asuntos) representan el 50% de las controversias constitucionales que están en vías de ejecución en la SCJN, y muchas son por un tema similar: de invasión de competencias, afectación al principio de división de Poderes, de independencia judicial y autonomía de gestión. Entonces, el hecho de que reflejemos con bastante precisión los efectos de la controversia puede ayudar a resolver este problema en la entidad federativa”.

Al aprobar ambas controversias, el Pleno de la SCJN estableció que el Congreso de Morelos otorgó de manera incorrecta pensiones por jubilación a dos personas trabajadoras y ordenó que las mismas se pagaran con recursos del Poder Judicial local y de la Fiscalía General del Estado de Morelos, sin haberles consultado ni transferido los fondos necesarios. 

Por lo tanto, el Congreso vulneró el principio de autonomía de gestión presupuestal y, por ende, afectó la independencia judicial y la división de Poderes. En el caso de la fiscalía estatal, sostuvo que se transgredió la autonomía e independencia propias de los órganos constitucionales autónomos, elementos indispensables para el libre y efectivo ejercicio de sus atribuciones. 

Las sentencias aprobadas por el Pleno aplican únicamente para los casos en concreto, es decir, para los dos decretos impugnados. Pese al planteamiento que el propio presidente de la Corte hizo respecto al problema de las pensiones, por lo menos en las sentencias aprobadas en la sesión pública, no se hizo ningún pronunciamiento respecto de la vinculación u obligatoriedad del Congreso de adoptar, en los decretos subsecuentes, el criterio de etiquetar recursos al Poder Judicial y la FGE al momento de aprobar las pensiones y jubilaciones de trabajadores en retiro. 

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Maciel Calvo

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