Formulación de imputación fue deficiente, resuelve.
Un juez de control declaró la no vinculación a proceso del exalcalde de Cuernavaca, Antonio Villalobos Adán, a quien se le acusó del presunto desvío de más de nueve millones de pesos de las cuotas de los trabajadores del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado (SAPAC) destinadas al Instituto de Crédito para los Trabajadores al Servicio del Estado de Morelos (ICTSEM).
En cumplimiento de la sentencia de amparo del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa, se repuso todo el procedimiento penal desde la formulación de imputación hasta la audiencia de vinculación a proceso.
Ante los lineamientos fijados por el tribunal federal, el juez de control, Natanael Subdias Aguilar, resolvió que la formulación de imputación por parte de la fiscalía anticorrupción fue deficiente y que el juez original de la causa reclasificó indebidamente el delito durante la audiencia del 28 de septiembre de 2022, por la que el exedil no sólo fue sujeto a proceso, sino a la medida cautelar de prisión preventiva, que meses después fue modificada, primero, por arraigo domiciliario, y posteriormente se le concedió la posibilidad de enfrentar en libertad el proceso penal.
De acuerdo con el abogado defensor del exedil, Jesús García Aguilar, la audiencia duró poco más de 8 horas y el juez -en cumplimiento los lineamientos de la autoridad federal- resolvió que no existían elementos para sujetar a proceso al exfuncionario municipal y que no se configuró ninguno de los delitos por los que fue acusado, es decir, que no hubo indicios que implicaran a su representado ni en el presunto delito de peculado, ni de ejercicio abusivo de funciones.
Resaltó que en ningún momento la fiscalía anticorrupción aportó pruebas de que esos poco más de nueve millones de pesos de las cuotas de los trabajadores hayan sido desviados para su pecunio, ya que el exalcalde era sólo presidente de la Junta de Gobierno del SAPAC y había personal administrativo responsable de enterar esas cuotas al Instituto de Crédito.
El litigante señaló que era el único proceso penal que enfrentaba Villalobos Adán, no obstante que el propio Instituto de Crédito y el Ayuntamiento de Cuernavaca tienen la posibilidad de recurrir la sentencia.