Política
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Ordena juzgado que Alejandro Becerra entre en funciones


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El representante de los jueces en la Junta de Administración debe asumir el cargo, aunque sigue en su contra el proceso que cuestiona la legalidad de su nombramiento.

Alejandro Becerra Arroyo entrará en funciones de representante de los jueces en la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial del Estado de Morelos, luego de que un tribunal colegiado revocó la suspensión concedida a una juez que impugnó la designación.

De acuerdo con la resolución dictada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito dentro del incidente en revisión  286/2019, la suspensión otorgada por el Juez Séptimo de Distrito a la juez  del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Mireya Díaz Cerón, sí causa afectaciones al interés social, ya que el órgano colegiado local no está debidamente integrado al no estar en funciones   uno de sus tres integrantes.

“Empero, siendo dos únicamente los integrantes sin la participación del tercero a quien se impide su actuación por medio de la suspensión, la Junta citada, no podría funcionar por mayoría, sino que tendría que ser unanimidad de sus integrantes, esto es, de no estar en funciones los tres miembros, no podría resolver por mayoría, sino que todas las decisiones se tomarían por unanimidad o no se resolvería nada al no contar con el tercer elemento que decida a qué opinión se uniría en mayoría.

“Además, las decisiones administrativas y de vigilancia son actos de gran trascendencia institucional y jurídica, por lo que, incluso, se debe exigir que, al emitirlos, los órganos competentes estén legalmente integrados, y a mayor abundamiento, por no existir disposición que impidan resolver por mayoría, entonces como ya se dijo, dos miembros no podrían resolver por mayoría; de ahí que aun cuando respecto de las resoluciones disciplinarias el legislador estableció expresamente que podrían tomarse por mayoría, no debe perderse de vista que se requiere la presencia de todos los integrantes para resolver, ya sea por unanimidad o por mayoría, en la que cumplan, además, con las garantías de fundamentación y motivación”, argumentó el tribunal en su resolución.

Recalcó que, de mantenerse la medida cautelar, “se pondría en riesgo el derecho de acceso a la justicia de los gobernados, es decir, de toda la sociedad”. No obstante, subrayó que la revocación de la suspensión no prejuzga el fondo del asunto, ya que la legalidad o no de la designación de Becerra Arroyo será materia de la sentencia de fondo.

Pese a esta resolución, persiste la polémica jurídica sobre integración de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina, ya que existen varios juicios de amparo en curso y en revisión, que en los que se dirime la ilegalidad de los nombramientos de Elda Flores León y Alejandro Becerra Arroyo como representantes de los magistrados y jueces en el órgano colegiado que sustituyó al extinto Consejo de la Judicatura.

El criterio de los juicios de amparo hasta ahora resueltos –y que se encuentran en revisión- es que fue ilegal la designación porque se realizó solo con la asistencia y voto de nueve magistrados, y no existió el quorum necesario (la presencia de 12 magistrados) para llevar a cabo los nombramientos, y por ello se ordenó la reposición del procedimiento.

 

 

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Maciel Calvo

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