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Congela la SCJN nombramiento de Jiménez Serafín


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La magistrada no podrá tomar posesión del cargo hasta que se resuelva el recurso interpuesto por el TSJ.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió la suspensión solicitada por el Poder Judicial del Estado de Morelos para efecto de que la recién ratificada por el Congreso local como “magistrada numeraria”, Guillermina Jiménez Serafín, no sea adscrita a sala y dada de alta en la nómina del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) hasta la resolución de la controversia constitucional 354/2019.

El tribunal constitucional concedió la suspensión porque “no estamos ante un supuesto donde la medida cautelar implique afectar sucesos consumados” y “el único efecto de la suspensión es que no se lleven a cabo los actos de instalación o adscripción y/o alta en nómina de la Magistrada hasta en tanto se resuelva el fondo del asunto”.

En la controversia constitucional, la magistrada presidente del TSJ, Carmen Cuevas López, argumentó que la ratificación de Jiménez Serafín fue ilegal por tres razones.

La primera, se estableció en la demanda, porque el Congreso local realizó la designación sin cumplir con la votación de las dos terceras partes que señala la Constitución Política del Estado de Morelos.

Y es que ante la reciente polémica legislativa sobre si la mayoría eran 13 o 14 votos, hace unas semanas fue modificado el Reglamento Interior del Congreso local para establecer como mayoría calificada 13 votos, número con el cual fue ratificada la magistrada y cuya votación es cuestionada ante la SCJN, por considerar que “ello conllevaría transgredir la autonomía e independencia del Poder Judicial del Estado de Morelos, al obligársele a incorporar a una Magistrada que ha sido ratificada sin cumplir con la votación de las dos terceras partes que señala la Constitución”

Un segundo argumento, fue que una vez más el Poder Legislativo realizó una designación sin dotar al Poder Judicial de los recursos suficientes para hacer frente “al costo de dicha plaza”, que permanecía vacante desde el 11 de junio de 2014, cuando Jiménez Serafín solicitó licencia para separarse de la magistratura.

El tercer argumento de impugnación fue que Jiménez Serafín fue ratificada  como “magistrada numeraria” del TSJ por un periodo de ocho años, “sin que se haya satisfecho el requisito sine qua non que refiere el párrafo quintó de la fracción III del artículo 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, esto es, que haya desempeñado el cargo de magistrada supernumeraria por los seis años que se le fijaron para tal efecto”.

Y es que la magistrada había solicitado en 2014 licencia a su cargo para ocupar la representación del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Judicatura, cuyo órgano desapareció tras la reforma judicial realizada por el Congreso local en diciembre de 2017.

A la postre, Jiménez Serafín litigó ante los tribunales, hasta obtener la protección de la justicia federal su derecho a ser evaluada para obtener su ratificación por un segundo y último periodo de ocho años como magistrada.

“Atento a lo solicitado, a las característica particulares del caso y a la naturaleza de los actos impugnados, sin prejuzgar respecto del fondo del asunto que será motivo de estudio de la sentencia que en su oportunidad se dicte y con el fin de preservar la materia del juicio, asegurando provisionalmente la situación jurídica, el derecho o el interés de la parte actora y evitar se le cause un daño irreparable, procede conceder la suspensión solicitada para que no se ejecuten los efectos del decreto reclamado, aprobado por el Congreso del Estado de Morelos en sesión de cuatro de diciembre de dos mil diecinueve”, estableció la SCJN, cuya resolución mantendrá la tensa calma al interior del TSJ, cuyo Pleno esta fracturado.

 

 

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Maciel Calvo

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