El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) entregó constancias de mayoría a 45 candidaturas ganadoras a magistraturas de circuito y juzgados de distrito, que previamente había declarado inelegibles por no cumplir con promedios mínimos de calificación en la licenciatura o en la especialidad correspondiente.
La decisión se dio en cumplimiento a sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que resolvió que el INE no tiene facultades para interpretar los requisitos de elegibilidad, tarea que corresponde únicamente a los comités de los tres poderes de la Unión.
Durante la sesión, varios consejeros manifestaron que los fallos del Tribunal resultan “contradictorios”, pues en algunos casos se reconoce la atribución del INE para revisar la elegibilidad y en otros se limita esa función. Aun así, de manera unánime, el Consejo acató la instrucción de la Sala Superior.
La consejera presidenta, Guadalupe Taddei, destacó que la resolución marca una distinción entre requisitos de idoneidad y de elegibilidad, lo que servirá para futuros análisis.
Otros consejeros, como Dania Ravel, Martín Faz y Claudia Zavala, coincidieron en que existen inconsistencias en los criterios del Tribunal y pidieron mayor claridad a los comités encargados de la revisión de requisitos.
En el acto de entrega de constancias, Taddei subrayó que todos los documentos tienen el mismo valor jurídico y político, ya sea que se otorguen directamente tras el cómputo de votos o como resultado de una sentencia, pues ambos reflejan la fortaleza institucional para garantizar la voluntad ciudadana.
Entre las candidaturas restituidas se encuentran 12 mujeres que recuperaron su triunfo en aplicación del principio de paridad de género, luego de que en un inicio sus victorias fueron asignadas a hombres. Además, hubo casos en los que, tras declararse inelegible al primer lugar, el segundo lugar obtuvo la constancia conforme al artículo 97 constitucional.
