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Barra de Abogados dice que fiscal anticorrupción debería renunciar “por honor”


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El presidente de la organización señala que la falta de exámenes de control de confianza puede subsanarse.

El presidente de la Barra de Abogados, Iván Velasco Alcocer, afirmó que el fiscal general Uriel Carmona Gándara podría subsanar el requisito del examen de control de confianza, pero el fiscal anticorrupción, por honor, debería renunciar al cargo no sólo porque carece de evaluación sino porque en tres años su desempeño ha sido vergonzoso.

Luego de que el Poder Ejecutivo estatal solicitó la remoción de ambos fiscales al Congreso local, el jurista afirmó que efectivamente la Ley General del Sistema Nacional Seguridad Pública, en su artículo 65, establece que las personas que ingresen a las instituciones de procuración de justicia, deberán contar con el certificado y registro correspondientes, y nadie podrá ingresar o permanecer en el cargo sin contar con el certificado y registro vigentes.

Dijo que en el caso del fiscal estatal –a quien diputados del Partido del Trabajo acusan de no contar con tal certificación al no haber sido sometido al examen de control y confianza-, podría subsanar el requisito de permanencia en el cargo, que ocupa desde hace más de nueve meses.

Pero en el caso del fiscal anticorrupción Juan Salazar Núñez, la situación es insostenible ante su desempeño vergonzoso y carente de resultados, pues no sólo carece de la certificación, sino que hasta ahora no hay un solo ex servidor público condenado y sancionado.

“De manera moral y por honor el fiscal anticorrupción debería renunciar ya, no ha dado resultados y la prueba es que ningún imputado está cumpliendo una condena, producto de que no hay una buena integración de las carpetas de investigación. Por vergüenza, debería dejar el cargo, antes que la exhibición de su incompetencia sea mayor”, afirmó.

Observó que aun cuando Salazar Núñez tiene tres años en el cargo (ya que fue designado en agosto de 2015 por la LII Legislatura), el fiscal general, en su calidad de superior jerárquico, debió exigirles cumplir con el requisito de certificación.

En caso de prosperar la remoción, dijo, ambos fiscales podrían recurrir al juicio de amparo para defender su encargo y entonces sería del Poder Judicial de la Federación quien definiría y sentaría precedente sobre si la carencia o la caducidad de la certificación, a través de los exámenes de control y confianza, es causal para cese, ya que en la legislación existen lagunas jurídicas.  

 

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Maciel Calvo

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