Política

Estados deben modificar norma para eliminar 'pensiones doradas'


Lectura 2 - 4 minutos
Estados deben modificar norma para eliminar “pensiones doradas”
Estados deben modificar norma para eliminar “pensiones doradas”
Política
Lectura 2 - 4 minutos

Estados deben modificar norma para eliminar 'pensiones doradas'


Estados deben modificar norma para eliminar “pensiones doradas”
  • Like
  • Comentar

Las legislaturas estatales tendrán tres meses para ajustar las leyes locales con la reforma al artículo 127 de la Constitución federal.

Las entidades federativas tendrán tres meses para realizar modificaciones y ajustar sus legislaciones locales a la reforma al artículo 127 de la Constitución federal, que establece que los burócratas en retiro no podrán tener una pensión o jubilación superior a la mitad del salario de la persona titular del Poder Ejecutivo.

La reforma, que entró en vigor a partir de este sábado 11 de abril y que tiene como objetivo frenar las “pensiones doradas” de la “alta burocracia”, determinó que a partir de la vigencia de la norma, el tope máximo de una jubilación o pensión será de 67 mil 145 pesos mensuales, que equivale a la mitad del salario mensual de 134 mil 290 pesos que percibe actualmente la presidenta de la república, Claudia Sheinbaum Pardo.

Esta medida también aplicará para los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal o municipal mayoritaria, las empresas públicas y los fideicomisos públicos de las entidades federativas y de los municipios.  

La reforma excluyó a las Fuerzas Armadas; a las jubilaciones o pensiones que se constituyan a partir de las aportaciones voluntarias a los sistemas de ahorro para el retiro basados en cuentas individuales; y a las jubilaciones o pensiones constituidas a partir de aportaciones sindicales en los sistemas de ahorro complementarios.

También dejó fuera a los haberes de retiro concedidos conforme al marco constitucional vigente con anterioridad a la entrada en vigor del decreto.

El artículo segundo transitorio estableció que “a partir de la entrada en vigor del presente Decreto todas las jubilaciones o pensiones que no estén excluidas conforme a la fracción IV del artículo 127 constitucional, y que se hayan otorgado con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, deberán ajustarse al límite establecido en el párrafo segundo de dicha fracción, incluyendo las que se encuentren vigentes”.

En tanto que en la disposición quinta transitoria se fijó un plazo de no mayor a 90 días naturales, contados a partir de su entrada en vigor, para que Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas modifiquen su marco jurídico para empatarlo con la reforma constitucional.

Tras la promulgación de la reforma, la presidenta del Senado, Laura Itzel Castillo Juárez, recalcó que la finalidad fue eliminar las pensiones millonarias de exfuncionarios de altos mandos y de ninguna manera pretende desconocer el valor del servicio público, por el contrario, significa reivindicarlo, ya que “el verdadero honor de servir al Estado radica en contribuir al bienestar de nuestra nación, no en asegurar beneficios desproporcionados al término de la carrera administrativa”.

Incluso, este fin de semana, durante su gira por Morelos, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, destacó la reforma que pone fin a las “pensiones doradas” y la aprobación del “Plan B” de la reforma electoral, y sostuvo que estos cambios reducirán costos y forman parte de la política de austeridad de su administración para redirigir el presupuesto a servicios y obras públicas.

En un análisis publicado por el jurista Cipriano Sotelo Salgado, éste destacó dos puntos relevantes de la reforma: el primero, que a partir de mayo, los exfuncionarios en retiro ya no podrán recibir estas “pensiones doradas”, es decir, que podría llegarles el primer recorte.

Y el segundo, que según los principios de no retroactividad y progresividad establecidos en la Carta Magna, esta reforma debería aplicarse únicamente a quienes vayan logrando su jubilación en el futuro, sin embargo, el artículo segundo transitorio del decreto determinó que se incluirán las pensiones vigentes y recalcó que contra reformas constitucionales no procede el juicio de amparo y por ello sería infructuoso cualquier debate o recurso jurídico. 

Inicia sesión y comenta

Maciel Calvo

6,958 Posts 36,175,719 Views
Enviar mensaje Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Ant. Respalda Víctor Mercado vivienda digna para los morelenses
Sig. Informe de la Fiscalía llega hoy al Congreso de Morelos

Hay 5499 invitados y ningún miembro en línea

© 2026 LaUnión.News. All Rights Reserved. Design & Developed by La Unión Digital Back To Top

Publish modules to the "offcanvas" position.