La SCJN confirmó la constitucionalidad de la práctica, con medidas para la protección de los derechos de niños y adolescentes.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ((SCJN) confirmó la constitucionalidad de la videograbación de entrevistas y evaluaciones psicológicas practicadas a niños y adolescentes en juicios de guarda y custodia, siempre que se adopten medidas estrictas y suficientes para la protección de sus derechos.
Esta práctica evita que las infancias y adolescencias tengan que repetir entrevistas potencialmente dolorosas, lo que previene la revictimización. Además, posibilita la revisión posterior del material probatorio sin necesidad de nuevos interrogatorios y contribuye a que las personas juzgadoras cuenten con mejores elementos de análisis para tomar decisiones, particularmente en asuntos de esta naturaleza.
Al resolver el amparo en revisión397/2024, la Corte determinó que dichas videograbaciones deben resguardarse bajo estricta confidencialidad, con acceso restringido bajo control judicial y realizarse en ambientes adecuados con personal especializado. Lo anterior permite equilibrar entre la protección a la intimidad de los niños y garantizar su bienestar dentro de los procedimientos judiciales, asegurando el interés superior de la niñez.
En este asunto, se analizó la demanda de un padre que sostenía que la videograbación de las entrevistas psicológicas de sus hijos, dentro de un juicio de guarda y custodia, vulneraba su intimidad y privacidad, además de afectar su derecho de defensa.
El máximo tribunal concluyó que al existir medidas de protección suficientes y control judicial sobre el uso del material, la videograbación no constituía una violación de derechos fundamentales, por lo que se negó el amparo.
