Fue promovida por la FGR en contra de la modificación legislativa que endureció las penas contra el delito.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la acción de inconstitucionalidad promovida por la Fiscalía General de la República (FGR) en contra de la reforma legislativa que endureció las penas contra el delito de crueldad animal.
De acuerdo con los estrados del tribunal constitucional, el ministro instructor, Giovanni Azael Figueroa Mejía, admitió el recurso 122/2025, que fue iniciado por la FGR para impugnar disposiciones del artículo 327 Bis del Código Penal de Estado de Morelos, que impone penas de hasta 15 años de prisión a quien cometa actos de crueldad en contra de cualquier especie de animal doméstico, y que tipifica como delito el hecho de que una persona sacrifique a un animal, sin contar con un dictamen previo y por escrito de un médico veterinario que justifique el sacrificio.
La FGR alegó en la acción de inconstitucionalidad que las penas privativas de libertad y las multas previstas en el artículo impugnado son desproporcionadas y contrarias al principio de taxatividad, que exige que las leyes definan las conductas ilícitas y las sanciones correspondientes de manera clara, precisa y exhaustiva para garantizar la seguridad jurídica y evitar la ambigüedad y arbitrariedad.
En consecuencia, el ministro instructor requirió a los Poderes Legislativo y Ejecutivo, responsables de la emisión y promulgación de la norma refutada, los respectivos informes en torno al tema.
