Política

Juez ampara a niños contra construcción de plaza


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Juez ampara a niños contra construcción de plaza


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El proyecto amenaza un área verde protegida.

Un juzgado de distrito amparó a un grupo de niñas y niños habitantes de la Ciudad Industrial del Valle de Cuernavaca (Civac) que se opusieron a la construcción de una plaza comercial, con la finalidad de salvaguardar su derecho a un medio ambiente sano y proteger el parque que, por más de 35 años, ha sido su único espacio verde de recreación. 

El caso tuvo su origen en la demanda de amparo que padres de familia, en representación de sus menores hijos residentes de la colonia CIVAC, promovieron contra la construcción de una plaza comercial, por considerar que vulnera su derecho a un ambiente sano para su desarrollo y bienestar, al ocasionar un daño irreparable e irreversible en perjuicio de los habitantes de la comunidad.

Alegaron que el proyecto comercial incluía la tala de 92 árboles de distintas especies, lo que afectaría al medio ambiente y, por ende, se destruiría el ecosistema del lugar.

La jueza Quinto de Distrito del Decimoctavo Circuito, Martha Eugenia Magaña López, consideró que a los infantes y demás quejosos les asistía la razón, toda vez que si se autoriza el desarrollo comercial denominado “Construcción de Ágora, Plaza de la Asunción” y/o Parque Venus, generaría un impacto negativo para la comunidad, ya que se deforestaría el lugar y desaparecería como área verde de convivencia.

Al resolver el amparo 1251/2021, concluyó que las autoridades municipales de Jiutepec omitieron consultar a la comunidad sobre dicha obra, pasando por alto que se realizaría en un espacio declarado como área protegida de uso común a preservar y conservar. 

La jueza federal señaló que el derecho a un medio ambiente sano, tutelado por el artículo 

4 constitucional, implica preservar la sustentabilidad del entorno ambiental, la no afectación ni lesión al mismo, así como la obligación de las autoridades competentes de vigilar, conservar y atender las regulaciones pertinentes.

Precisó que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación definió que el derecho 

humano al medio ambiente se desenvuelve en una doble dimensión: la objetiva y ecologista que 

protege al medio ambiente como un bien jurídico en sí mismo; y, la subjetiva o antropocéntrica 

que indica que la protección de este derecho constituye una garantía para la realización y 

vigencia de los demás derechos reconocidos en favor de las personas. 

De ahí que la vulneración de cualquiera de las dos dimensiones constituye una violación al derecho humano al medio ambiente.

Además, subrayó que el Programa de la Naciones Unidas para el Medio Ambiente ha alertado que quedan diez años para hacer las paces con la naturaleza y solo así podrían cumplirse los Objetivos de Desarrollo Sostenible que se ha fijado la comunidad internacional como Agenda 2030 para eliminar la pobreza, reducir la desigualdad y lograr sociedades pacíficas, justas e incluyentes.

Añadió que la contribución que los jueces pueden hacer para detener y revertir los daños que las actividades humanas están causando a los sistemas de soporte de la vida en el planeta, ocupan un lugar cada vez más importante en la agenda global sobre sustentabilidad del desarrollo y los derechos humanos.

En consecuencia, la jueza Magaña López ordenó a las autoridades acreditar las  acciones necesarias para garantizar a los habitantes de la colonia CIVAC su derecho a un medio ambiente sano; que de manera inmediata, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, adopten y lleven a cabo acciones de inspección, control, prevención, monitoreo, detención, corrección y remediación de todas las alteraciones que se adviertan en el proyecto de construcción referido; y que convoquen a los habitantes de la colonia CIVAC para el efecto de analizar y consensar la 

construcción del proyecto comercial y emitan una determinación fundada y motivada al 

respecto, y la comuniquen en formato de lectura fácil a los infantes involucrados.

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Maciel Calvo

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