Política
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Morena impugna reforma a ley orgánica del Congreso


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Hubo intromisión a la organización interna del instituto político al condicionar la integración y funcionamiento de su fracción parlamentaria, plantea la dirigencia estatal.

La dirigencia estatal del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) impugnó por la vía de la acción de inconstitucionalidad las modificaciones al artículo 28 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Morelos, por considerar que hubo intromisión a la organización interna del instituto político al condicionar la integración y funcionamiento de su fracción parlamentaria.


Hace unos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio trámite al recurso promovido por Martha Patricia García Garnica, en su calidad de secretaria General en funciones de presidenta del Morena-Morelos.


La dirigente estatal se inconformó contra el decreto 763, publicado el 22 de marzo pasado en el Periódico Oficia “Tierra y Libertad”, y reclamó la invalidez de las modificaciones del artículo 28 de la Ley Orgánica del Congreso.


Previo a su reforma, el artículo 28 establecía que cuando “diputados de un mismo partido dejen de pertenecer a un grupo parlamentario, podrán integrarse a otro de diferente partido; si no lo hacen, serán considerados como diputados sin partido.


“Si un diputado se separa o es separado del grupo parlamentario al que pertenece, el coordinador del grupo parlamentario, enviará la propuesta de sustitución en los cargos de las comisiones o comités de los que formaba parte”.


Sin embargo, en medio del conflicto entre legisladores, que conformaron los grupos identificados como el G-15 y el G-5, el bloque de mayoritario de diputados que abiertamente se ha declarado opositor al Poder Ejecutivo, realizó modificaciones a dicho artículo para condicionar la integración de los grupos parlamentarios, con dedicatoria implícita para la fracción de Morena, que permanece fragmentada por la disputa del liderazgo.


Según la reforma, “las y los Legisladores que hayan sido declarados ante el Pleno como diputados sin partido al inicio del año legislativo, podrán adherirse en cualquier momento a un grupo parlamentario. Para tal efecto, deberán informarlo por escrito al presidente de la Mesa Directiva, surtiendo sus efectos a partir de ese momento. De igual forma lo comunicarán a las y los integrantes del Grupo Parlamentario al que se pretendan adherir. “En su caso, la adhesión al grupo parlamentario podrá ser rechazada y quedar sin efectos, cuando la mayoría de las y los diputados integrantes del grupo parlamentario que lo conformaban de manera previa a la adhesión lo hagan del conocimiento por escrito al presidente de la Mesa Directiva, dentro de los tres días hábiles siguientes a la incorporación”.


Según el G-15, “la integración de los grupos parlamentarios debe de considerarse un acto legislativo”, sin embargo, para la dirigencia estatal de Morena hay una intromisión a su organización interna ya que, incluso, esta norma ha sido un obstáculo para la integración de otros legisladores a la fracción parlamentaria y ha prolongado el conflicto del entre legisladores morenistas.

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Maciel Calvo

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