Política

Ordenan al TEEM emitir nueva sentencia sobre violencia política


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Ordenan al TEEM emitir nueva sentencia sobre violencia política


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La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, revocó parcialmente la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) que determinó la inexistencia de la responsabilidad atribuida al Partido Encuentro Social Morelos (PESM) por culpa in vigilando (omisión de deber de cuidado) respecto de actos de violencia política contra las mujeres por razón de género (VPMRG) cometidos hacia la parte actora por uno de sus militantes.


Al resolver el juicio SCM-JDC-340/2022, promovido por la diputada Luz Dary Quevedo Maldonado, el Pleno señaló que de las constancias se puede concluir que Ángel Alfonso Chávez Rivero, en la fecha en que realizó la publicación de Twitter en la que llamaba “buchona” a la diputada, sí contaba con el carácter de Coordinador de Comunicación Social y Política del Comité Directivo Estatal del PESM, además de haber sido electo como miembro de la Comisión Política Estatal de ese instituto político -pendiente de tomar protesta en este cargo-.


Se explicó que el deber de la autoridad jurisdiccional era el revisar integralmente la conducta infractora, la eventual atribuibilidad al partido político y, en su caso, la consecuente responsabilidad que podría establecerse respecto del PESM.


Por tanto, la Sala Regional revocó parcialmente la resolución impugnada para que el TEEM se pronuncie si se actualiza la culpa in vigilando atribuida al PESM.
El pasado 24 de mayo, el TEEM sancionó al ex secretario de comunicación del Partido Encuentro Social Morelos, Ángel Alfonso Chávez Rivero, por violencia política de género en agravio de la diputada de Movimiento Ciudadano, Luz Dary Quevedo Maldonado.


De acuerdo con lo denunciado por la legisladora, en la red social Twitter, el ex funcionario partidista retuitió el mensaje de un periodista que criticaba su iniciativa de ley para detección y tratamiento oportuno e integral del cáncer en la infancia y en la adolescencia del Estado, pero el ex vocero del PES le agregó este comentario: “Deberíamos de agradecer que no ha pedido implantes gratis para que todas sean buchonas como ella”.


El reuit tenía una foto de Luz Dary Quevedo y, en consecuencia, la diputada promovió un procedimiento especial sancionador por considerar que el comentario sobre su trabajo parlamentario era misógino y estereotipado.


El Pleno del TEEM determinó que Chávez Rivero incurrió en violencia política de género por “un mensaje basado en estereotipos de género que va relacionado con el rol de la mujer, en este caso que impacta sobre el trabajo legislativo de la quejosa puesto que, en efecto, la publicación materia de su comentario fue con relación a una propuesta legislativa”.


“Aun cuando el denunciado refiera que no expuso el nombre de la quejosa, lo cierto es que utilizó la palabra ‘como ella’ en una publicación en la que aparecía su imagen, comentario que, por el contexto, lo posiciona en un situación de micromachismo”.


En consecuencia, el tribunal local declaró la existencia de la infracción, amonestó públicamente al ex secretario de comunicación del Partido Encuentro Social Morelos, Ángel Alfonso Chávez Rivero, y ordenó su inscripción por tres años en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género.


El TEEM declaró improcedente la infracción atribuida al Partido Encuentro Social Morelos por culpa in vigilando, porque supuestamente la fecha en que Chávez Rivero emitió el comentario misógino, éste ya no pertenecía a la dirigencia del instituto político.


Sin embargo, esa parte de la sentencia fue impugnada por la legisladora y ahora la Sala Regional ha ordenado al tribunal local que se pronuncie si se actualiza la culpa in vigilando del partido denunciado.

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Maciel Calvo

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