El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió por unanimidad declarar infundado el procedimiento sancionador contra Pío López Obrador, acusado de recibir dinero en efectivo en 2015 por parte de David León. La decisión se tomó debido a la falta de pruebas suficientes y a la ausencia de colaboración de autoridades fiscales y jurisdiccionales.
La consejera Carla Humphrey, presidenta de la Comisión de Fiscalización, explicó que el asunto —iniciado en 2020— se resolvió ahora porque el instituto estaba al límite de la prescripción de los delitos investigados.
Señaló que, tras revisar la información disponible, no se comprobó que los recursos entregados a López Obrador fueran destinados a campañas políticas de Morena, ya que no se detectó rastro bancario en cuentas de David León ni en las de su hermano, el expresidente Andrés Manuel López Obrador.
Humphrey precisó que la Unidad Técnica del INE revisó documentos, registros contables y peritajes sobre el video difundido, pero sin resultados concluyentes.
“Y de nada de ello se obtuvo lo suficiente para acreditar la conducta denunciada, no hay rastro bancario, no hay registro contable, no hay comprobación fiscal que permita transformar ese indicio en certeza sobre el origen, monto y carácter partidista del efectivo observado, por lo tanto, la conducta no se acredita”.
El consejero Jaime Rivera apoyó la resolución, aunque puntualizó: “hay casos en que la realidad empírica no coincide con la realidad jurídica”.
Recordó que en el video publicado por Latinus en 2020 se observa la entrega de dinero en efectivo a Pío López Obrador: “muchos miramos y escuchamos y vimos el diálogo por medio de una prueba técnica que deja en evidencia un hecho”.
Añadió que días después, David León admitió públicamente que se trataba de aportaciones al movimiento político.
Rivera también criticó que la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales se resistiera a entregar su investigación, la cual fue remitida al INE hasta septiembre de 2022, aunque sin información sobre el destino del dinero. Asimismo, recordó que en noviembre de ese año la FGR decidió no ejercer acción penal porque consideró que los videos habían sido alterados en postproducción.
Por su parte, la consejera Dania Ravel subrayó que el INE solicitó información al SAT, a la Unidad de Inteligencia Financiera, a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y a la Auditoría de Chiapas, pero todos negaron contar con datos relacionados.
Ante la negativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México de entregar información, el instituto dio vista al Consejo de la Judicatura local.
La Unidad de Fiscalización del INE también indagó posibles desvíos de recursos del gobierno de Chiapas, entonces encabezado por Manuel Velasco, hacia empresas fantasma como Maquiladora Textil GM; Grupo Asesor Odul; Jaguar Empresarial de México; Advisor Groups Soluciones Integrales y de Proyección; Constructora Jaguar Negro; Sistema de Transportes Urbanos de Tuxtla, así como firmas asociadas como R. S. del Sureste S. C. P., Labor y Personal S. de R. L. de C. V. y Brenave Confecciones S. A. de C. V. Sin embargo, no encontró elementos que vincularan estos recursos con procesos electorales.
Finalmente, el INE concluyó que, aunque David León tuvo una intensa actividad financiera en 2015, los indicios no permitieron establecer una conexión entre esos movimientos y alguna campaña electoral.