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¿Qué dice el tratado en el que México debe entregar agua a EU?

El Tratado de Aguas entre México y Estados Unidos estipula que nuestro país recibe más agua de la que entrega

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El Tratado de Aguas entre México y Estados Unidos de 1944 dice que nuestro país debe entregarle casi 432 hectómetros cúbicos (hm3) anuales de agua a EU del Río Bravo a través de las presas “La Amistad”, en Coahuila, y “Falcón”, en Tamaulipas.

En contraparte, Estados Unidos debe entregarle 1 mil 850 hm3 anuales de agua a México del río Colorado, de la Presa Imperial, en California. Es decir, México recibe más de cuatro veces la cantidad de agua que aporta al país vecino, por lo cual se estima que el balance resulta beneficioso para México.

Este tratado regula el uso y aprovechamiento de las aguas internacionales de los ríos Bravo, Colorado y Tijuana, entre México y Estados Unidos; también incluye las reglas para calcular los plazos en que se hace exigible el pago de adeudos.

El Tratado de Aguas de 1944 es un consenso histórico de la delimitación de los derechos de ambos países sobre las aguas internacionales, donde se establece que México asigna agua a Estados Unidos del río Bravo, y Estados Unidos asigna agua a México del río Colorado.

¿Cómo son los pagos de agua a Estados Unidos?

El Tratado de Aguas de 1944 asigna a Estados Unidos la tercera parte del agua que llegue a la corriente principal del Río Bravo proveniente de los Ríos Conchos, San Diego, San Rodrigo, Escondido, Salado y del Arroyo de las Vacas, cantidad que no debe ser menor de 432 millones de milímetros cúbicos (mm³) en promedio anual, contabilizados en ciclos de 5 años.

En caso de sequía extraordinaria, los faltantes se reponen en el ciclo siguiente.

El tratado también menciona que, cuando la capacidad asignada a Estados Unidos en las presas internacionales se llena con agua de su propiedad, en ese momento termina el ciclo y todos los faltantes se consideran totalmente cancelados.

Prioridades del uso común de las aguas internacionales

  • Usos domésticos
  • Agricultura y Ganadería
  • Energía eléctrica
  • Otros usos industriales
  • Navegación
  • Pesca y caza
  • Cualquier otro uso benéfico es determinado por la a Comisión Internacional de Límites (CILA).

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