Entes diversos asumirán dichas funciones, así como las de acceso a la información pública y protección de datos personales con la extinción del IMIPE y la creación de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, ya en vigor.
Con su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, entró en vigor el decreto de extinción del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística (IMIPE), y la creación de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Poder Ejecutivo, ente que absorberá parte de las funciones del difunto órgano de transparencia.
De acuerdo con el decreto de reforma y su respectiva declaratoria —aprobada por 30 de los 36 municipios de la entidad—, quedó derogado el artículo 23-A de la Constitución local y con ello la extinción automática del IMIPE.
También entraron en vigencia diversas modificaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública que extinguen a la Secretaría de la Contraloría y crean la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, quien asumirá la responsabilidad del control interno de la administración pública estatal —que incluye vigilar y evaluar la ejecución y aplicación de las políticas y gasto públicos—, y de la transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.
En las disposiciones transitorias, el legislador estableció un plazo de 180 días naturales para que el Congreso local realice la armonización de todas las leyes relacionadas con la desaparición del instituto y la creación de la nueva secretaría de despacho.
Un dato relevante de estas reformas es que con la extinción del IMIPE, corresponde a la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal, a la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos, al Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial del Estado de Morelos (aun sin crear) , así como a los órganos internos de control de los organismos autónomos, asumir las funciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.
Para ello, se fijó un plazo de 60 días hábiles para llevar a cabo la transición y concretar los actos legales y administrativos para arrancar con el nuevo esquema de operación en materia de transparencia. En tanto, la Secretaría Anticorrupción tendrá 60 días hábiles para expedir su reglamento interior.
En el decreto se dejó claro que los trabajadores del extinto instituto tendrán a salvo sus derechos laborales. Sin embargo, en cuanto a los comisionados del instituto se estableció que su nombramiento queda de inmediato sin efecto, “sin que constituya destitución ni genere derecho alguno a indemnización, compensación, liquidación o pago de haberes futuros, por tratarse de un cargo de naturaleza pública, temporal y de ejercicio condicionado a la existencia de un órgano; de ahí únicamente serán exigibles las remuneraciones efectivamente devengadas y no cubiertas con anterioridad”.
También, el decreto dejó sin efectos las disposiciones reglamentarias o administrativas que establezcan derechos o compensaciones incompatibles con las disposiciones constitucionales y el mismo decreto.



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