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Lunes, 16 Junio 2025
Sociedad
Lectura 3 - 5 minutos

Desaprovechan alcaldías ingresos que pueden dar infracciones a quienes usan autos en mal estado

A pesar de que los ayuntamientos se encuentran sin recursos y aplican mayores tasas en el Impuesto Predial y el pago de diversos derechos, la aplicación de multas a conductores de vehículos, en malas condiciones mecánicas, es rubro que se ha desperdiciado como fuentes de ingreso municipal, a pesar de que está contemplado en las leyes vigentes.

La Redacción La Redacción
Lunes, 5 Mayo
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Simplemente, en el municipio de Cuernavaca circular sin llanta de refacción en el vehículo, obliga a pagar multas de dos días de salario mínimo. Incluso, no tener en buenas condiciones  los espejos retrovisores, amerita seis días de salario mínimo.

En Morelos, 31 de los 33 municipios contemplan multas por no tener un vehículo en buen estado. Sólo Ocuituco y Tlayacapan carecen de sanciones de ese tipo, supuestamente encaminadas a que las unidades de transporte público y privado, circulen en buenas condiciones, lo que es visible que no ocurre.

Las tarifas contempladas en las leyes de ingreso 2014 -aprobadas por el Congreso local- contemplan como faltas que los vehículos carezcan de algún dispositivo necesario para su circulación, ya sea la falta de luces frontales, luces direccionales, velocímetro, silenciador, llanta de refacción, limpiaparabrisas, bocinas y cinturones de seguridad.

La sanción más baja es la que aplica Temixco (0.5 días de salario mínimo por no llevar llanta de refacción), hasta los once salarios mínimos diarios vigentes (SMV) que cobran en Cuernavaca, por no llevar los frenos en buenas condiciones y causando daños.

Pero los automovilistas son una fuente potencialmente rica en ingresos porque factores como la forma de conducir pueden generarr sanciones económicas considerables, lo mismo que otras omisiones y descuidos.

Por ejemplo, circular con placas de otro vehículo, con placas decorativas o de otro país, transportar materiales inflamables sin permiso o precaución, transportar cadáveres sin contar con el permiso respectivo, alterar documentación, cambiar numeración del motor o chasis, son las infracciones de tránsito más caras que van desde uno a 160 SMV (en Totolapan y Atlatlahucan), hasta los 100 o 160 en Tepoztlán.

Por conducir en estado de ebriedad o bajo los influjos de alguna droga psicotrópica, se paga desde los 10 (Atlatlahucan) a los 100 SMV (Ayala); darse a la fuga después de que un agente de Tránsito le indicara hacer el alto, va de los 10 (Temixco) a los 32 (Tepoztlán) SMV; arrojar basura o desperdicios en la vía pública, de los tres (Tepoztlán) a los 54 (Temixco) SMV; manejar a exceso de velocidad, de los tres a los 20 SMV; mientras que en el municipio de Emiliano Zapata, hablar por teléfono al conducir un vehículo está de los dos a los 15 SMV.

En materia de transporte público, hacer ascenso y descenso de pasaje fuera de los lugares establecidos o en forma incorrecta, poniendo en peligro la libre circulación o al usuario, de tres a cinco SMV en Temixco; por conducir vehículos de pasajeros jugando carreras en vía pública, de 15 a 20 SMV; por abastecer de combustible con pasajeros a bordo y no tomar las medidas de seguridad adecuadas al entrar o salir a la vía pública, de los 15 a los 20 días de salario (Temixco) SMV; por permitir que los usuarios viajen en los escalones o cualquier parte exterior del vehículo, son ocho SMV.

Temixco tiene la multa mínima más baja con 0.5 SMV, que corresponde a los conductores de vehículos que no indiquen el cambio de dirección; mientras que la tarifa más alta la tiene Tepoztlán, infraccionando a los vehículos que transporten material explosivo peligroso y no tengan precaución o permiso para transportarlo o trasladar cadáveres sin permiso correspondiente, de los 107 a los 160 SMV.

Los ayuntamientos de Ocuituco y Tlayacapan no contemplan multas para los vehículos que circulen en mal estado, sólo sanciona a aquellos conductores que no cuenten con licencia o permiso de conducir, conducir con permiso vencido, por no dar preferencia al peatón, conducir en estado de ebriedad y a transportistas de servicio público, entre otras faltas indicadas en su respectiva Ley de Ingresos vigente, cuyas multas van desde los dos SMV hasta los 150 SMV, dependiendo la gravedad del caso, considerado por el agente de Tránsito municipal de cada municipio.

Por supuesto, las multas de tránsito pueden evitarse manteniendo en buen funcionamiento todos los dispositivos indispensables para el control y desempeño de los automóviles, tomando precaución al manejar, no hablando por teléfono, ingiriendo bebidas alcohólicas, sustancias psicotrópicas o manejar cansado, causando daños a terceros y a la vía pública.

Las multas para conductores del servicio público en algunos municipios son hasta el doble del monto que se aplica a los automovilistas.

 

(Con información de Rocío Valero Suárez)

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