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Extienden plazo para refrendo


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El periodo para realizar el pago del refrendo vehicular 2025 para particulares vencerá el 30 de junio; mientras que para el transporte público será hasta el 31 de julio; también hay subsidios y condonaciones en servicios y recargos, incluida la verificación vehicular.

El gobierno de Morelos oficializó la ampliación del plazo para el pago de refrendo vehicular 2025 para vehículos particulares y del transporte público; además de subsidios y condonaciones en el pago de servicios y recargos, incluida la verificación vehicular.

En una edición extraordinaria del Periódico Oficial Tierra y Libertad, publicada la noche del pasado viernes 30 de mayo, el gobierno del estado difundió el Acuerdo por el que se otorgan beneficios fiscales y diversas facilidades administrativas en el pago de los derechos del impuesto sobre adquisición de vehículos automotores usados, de los derechos por servicios de control vehicular, y en materia de verificación vehicular, obligatoria a las personas propietarias y poseedoras de vehículos automotores del transporte particular y de transporte público.

El plazo para realizar el pago del refrendo vehicular 2025 para vehículos particulares vence el 30 de junio; mientras que para vehículos del transporte público la prórroga será hasta el 31 de julio.

Los beneficios fiscales para vehículos particulares incluyen un subsidio del 100% en el pago del Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados; la condonación del 75% en el pago de recargos, actualizaciones y demás por no realizar el pago de refrendo vehicular en años anteriores; la condonación del 100% de la multa por incumplimiento de la verificación vehicular y un subsidio del 75% en el pago de derechos para permisos provisionales para circular sin placas, tarjeta de circulación y engomado. Para que los contribuyentes propietarios de autos particulares puedan acceder a estos beneficios, deberán hacer sus trámites a más tardar el 30 de junio.

Mientras que los apoyos para automotores destinados al transporte público de pasajeros, con o sin itinerario fijo, contemplan un subsidio del 100% en el pago del Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados; la condonación del 75% en el pago de recargos, actualizaciones y demás, por no realizar el pago de refrendo vehicular en años anteriores; la condonación del 100% de la multa por incumplimiento de la verificación vehicular; un subsidio del 50% en el pago de los derechos por la expedición, canje anual o reposición del tarjetón para el servicio público de transporte, y una condonación del 100% en el pago de los recargos, actualizaciones y demás accesorios que se hayan generado en los ejercicios fiscales de 2024 y anteriores, con relación a los derechos por la certificación de revista mecánica. Para ellos, el plazo vence el 31 de julio.

En el caso de la condonación de la multa por no realizar la verificación vehicular, el plazo vence el 30 de junio, tanto para vehículos particulares como para los utilizados en el transporte público.

El acuerdo también instruye a los Centros de Verificación Vehicular autorizados realizar la verificación vehicular sin solicitar a las personas propietarias o poseedoras mayores requisitos.

Para acceder a estos beneficios fiscales, los contribuyentes deberán cubrir los pagos en una sola exhibición.

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Jose Antonio Guerrero

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