En Morelos, dichas agresiones se castigarán con penas mínimas de dos a cinco años de prisión y de 50 a 300 días de multa; reforma al Código Penal incluye agravantes en casos en que la acción ponga en riesgo la vida de la víctima.
En Morelos, los llamados “pinchazos” o la sumisión química por inyección ya fueron tipificados como delito autónomo y se castigan con una pena mínima de dos a cinco años de prisión y de 50 a 300 días de multa; además, se incluyeron algunas agravantes en los casos en que esta conducta ponga en riesgo la vida de las víctimas.
En el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” se publicó esta reforma al Código Penal para el Estado de Morelos, que adiciona un capítulo sexto denominado “Infusión con objeto punzocortante” al título primero del libro segundo, así como los artículos 131 Bis, 131 Ter y 131 Quater.
En el artículo 131 Bis se establece que: “A quien, sin el consentimiento de una persona, introduzca mediante un objeto punzocortante, de manera forzada u oculta, estupefacientes, psicotrópicos, fármacos, drogas o cualquier sustancia natural o química que tenga como efecto modificar su comportamiento, alterando su estado físico y mental, se le impondrá de dos a cinco años de prisión y de cincuenta a trescientos días de multa”.
La multa se incrementa hasta en una tercera parte cuando el delito involucre como víctimas a mujeres, niños, adolescentes o alguna persona en situación de vulnerabilidad.
Por su parte, el artículo 131 Ter especifica que la sanción será de ocho a trece años de prisión y de seiscientos a seis mil días de multa cuando el delito ponga en peligro la vida de la persona.
Mientras que cuando el responsable cause la pérdida de cualquier función orgánica, miembro, órgano o facultad; deformidad grave e incorregible, o alguna enfermedad probablemente incurable, la pena será de tres a ocho años de prisión y de trescientos a tres mil días de multa.
El artículo 131 Quater establece que cuando la comisión de este delito sea el medio para consumar los delitos de violación, abuso sexual o robo, las sanciones se aumentarán hasta en una mitad.
Esta iniciativa fue aprobada por el Congreso de Morelos en la sesión ordinaria del 5 de junio de 2025, y en su exposición de motivos señala la urgencia de sancionar este tipo de conductas, debido a que “se han dado casos en los que, con objetos punzocortantes, se suministran algunos tipos de sustancias psicotrópicas o estupefacientes en el transporte público”; pero también se han registrado casos en la vía pública o en establecimientos comerciales como antros, discotecas y centros nocturnos, lo que genera una situación de vulnerabilidad para la víctima.
Estas nuevas disposiciones entraron en vigor el pasado 19 de febrero.
