Morelos cumplió con la armonización de su marco normativo con la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Fueron publicados en el Periódico “Tierra y Libertad” los cambios aprobados por el Congreso del Estado a la Ley de Búsqueda de Personas para el Estado de Morelos, a fin de armonizar la legislación local con la federal y así reforzar la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.
La armonización obedece a la reforma aprobada a nivel federal a diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como de la Ley General de Población.
Entre los cambios a este marco normativo destaca el establecimiento de la Plataforma Única de Identidad, la Base Nacional de Carpetas de Investigación, el Registro Administrativo y la Ficha de Búsqueda.
Se reconoce a la Clave Única de Registro de Población (CURP) como elemento base de identificación de las personas; y se establece la habilitación de accesos para fiscalías y comisiones de búsqueda a la Plataforma Única de Identidad, dotándolas de la capacidad de monitorear la CURP en tiempo real, con lo cual se promueve la colaboración entre entes públicos y privados.
También se establece la obligación por parte de todas las autoridades y particulares que tengan a su cargo datos biométricos o cualquier otro dato identificativo de personas, de permitir la consulta de la información a las fiscalías locales y a las instituciones de seguridad pública.
Se obliga a las instituciones que tengan cuerpos o restos humanos bajo su resguardo a llevar y mantener actualizados los registros con la información forense, así como a facilitar su acceso a las autoridades encargadas de las investigaciones de personas desaparecidas; además, deberán remitir esos datos al Banco Nacional de Datos Forenses y permitir su consulta a las instituciones correspondientes.
Asimismo, en la legislación local se estableció la obligación de que la Fiscalía General del Estado de Morelos cuente con una fiscalía especializada en desaparición, integrada por personal especializado, capacitado y certificado en la investigación de los delitos de desaparición de personas.
Con ello, la Fiscalía morelense deberá contar con Unidades Especializadas de Investigación, Unidades de Análisis de Contexto, Unidades de Atención y Seguimiento a Víctimas, Unidades de Búsqueda Inmediata y de larga data, así como áreas especializadas en delitos cibernéticos.
La propuesta fue turnada por el Poder Ejecutivo estatal, en cumplimiento de los artículos transitorios de la reforma federal y del Acuerdo 02/LI/2025, emitido por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, que obliga a todas las entidades a armonizar con la Federación sus marcos jurídicos en materia de fortalecimiento de la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.
