A partir de la próxima semana, las empresas deberán cumplir con la disposición federal; de lo contrario, serán sancionadas.
El director general de Inspección del Trabajo en el estado, Fausto Miguel Miranda Montero, informó que la “Ley Silla” comenzará a aplicarse de manera formal este mes, lo que implicará sanciones para los centros de trabajo que no cumplan con la normativa federal.
Miranda Montero explicó que esta nueva disposición no aplica para todos los sectores, sino principalmente para los servicios y el comercio. En contraste, señaló que para fábricas e industrias manufactureras existen otras regulaciones específicas.
Detalló que las empresas que incumplan con la normativa primero serán inspeccionadas; en caso de confirmarse alguna irregularidad, se aplicarán sanciones por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), al tratarse de una medida federal y no de salud laboral estatal.
En cuanto al procedimiento para los trabajadores que consideren vulnerado su derecho al descanso, indicó que deberán acudir a la Inspección Federal del Trabajo para presentar una queja o denuncia, lo que permitirá iniciar las verificaciones correspondientes. Hasta el momento –afirmó– no se han registrado quejas relacionadas con la aplicación de esta ley.
Por el contrario, Fausto Miranda dijo que algunas empresas han mostrado interés por cumplir con la normativa. “Cinco compañías se han acercado para solicitar información; dos de ellas son transnacionales”, expresó.
Incluso comentó que una empresa acudió recientemente para entregar documentación que acreditara el cumplimiento de la “Ley Silla”, aunque aclaró que el operativo realizado por la dependencia fue únicamente informativo y no se solicitó evidencia documental.
El funcionario también señaló que no existe registro de demandas ni amparos en contra de la aplicación de esta ley.
La “Ley Silla” entró en vigor el 17 de junio de 2025, tras reformar la Ley Federal del Trabajo para obligar a los empleadores a proporcionar asientos con respaldo y permitir descansos a trabajadores que permanecen largos periodos de pie en sectores como comercio y servicios.
Las empresas contaron con un plazo de 180 días –hasta el 14 de diciembre de 2025– para ajustar sus reglamentos internos y condiciones laborales. A partir de este mes, su cumplimiento ya es plenamente exigible y sancionable.
