Política

SCJN requiere a Congreso cumplir con consulta a población indígena


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SCJN requiere a Congreso cumplir con consulta a población indígena


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Es requisito para emitir normas relacionadas con educación inclusiva.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) requirió al Congreso de Morelos para que cumpla con la resolución de la acción de inconstitucionalidad 71/2021, que ordenó realizar una consulta a la población indígena, afromexicana y con discapacidad, antes de la emisión de normas relacionadas con educación inclusiva.

En junio de 2022, la SCJN invalidó diversas disposiciones de la Ley de Educación del Estado de Morelos, por impactar en los derechos de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, y personas con discapacidad, y dio al Congreso local un plazo de 12 meses -contados a partir de la notificación- para llevar una consulta previa a la población objetivo y a la postre emitir nuevamente la regulación.

Tres años después, el tribunal constitucional consideró que “existe una exagerada dilación en el cumplimiento de la sentencia” por parte del Congreso de Morelos, y a pesar de que el actual presidente de la Mesa Directiva, Isaac Pimentel, solicitó una prórroga para acatar el fallo porque desconoce el asunto debido a su reciente designación como representante del Poder Legislativo, la Corte rechazó la petición.  

“Dicho promovente informa que carece de conocimiento sobre el estado actual del presente asunto, esto, derivado del reciente cambio de titularidad en la Mesa Directiva, en ese sentido, solicita prórroga para cumplir con el requerimiento formulado por este Tribunal

“Al respecto, se indica que no se está en posibilidades de otorgar un plazo mayor, toda vez que existe una exagerada dilación en el cumplimiento de la sentencia, por lo que otorgar un plazo mayor implicaría vulnerar el principio de justicia pronta”, afirmó la SCJN.

En consecuencia, requirió al diputado presidente de la Mesa Directiva del Congreso de Morelos, Isaac Pimentel, para que, “dentro del plazo de cuarenta días hábiles, informe sobre los actos que acrediten el cumplimiento del fallo, relativo al desarrollo de las consultas a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como de las personas con discapacidad, para posteriormente emitir la regulación correspondiente en materia indígena e inclusiva, debiendo remitir copias certificadas de las documentales que acrediten su dicho”.

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Maciel Calvo

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