Tiene el objetivo de regular el derecho a una vida con calidad y dignidad de las personas que sufran una enfermedad terminal o estén en una situación de salud grave.
Con su publicación en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", entró en vigor la Ley de Voluntad Anticipada en Materia de Salud para Personas en Situación Terminal del Estado de Morelos.
De acuerdo con el decreto promulgado, esta ley tiene como objeto regular el derecho a una vida con calidad y dignidad de las personas que -en determinado momento- sufran una enfermedad terminal o se encuentren en una situación de salud grave.
De esta forma, las personas mayores de edad y en el pleno uso de sus facultades mentales, podrán decidir y planificar de forma anticipada, informada y libre, si es su voluntad es recibir o no cualquier tratamiento paliativo en caso de llegar a padecer una enfermedad terminal o enfrentar una situación de salud vulnerable.
Para expresar esta voluntad anticipada, las personas deberán firmar un documento junto con dos testigos o, en su caso, podrán acudir ante un notario público, una sindicatura municipal o juez de paz, para darle certeza jurídica al escrito, el cual deberá ser integrado al expediente médico.
Para que este documento tenga validez, la persona deberá designar un representante, quien será responsable de velar el cumplimiento de lo dispuesto por el paciente.
En caso de que la persona sea menor de edad o se encuentre incapacitada para expresar su voluntad, las decisiones serán asumidas por los padres o el tutor y, a falta de éstos, por su representante legal, una persona de confianza mayor de edad o juez, según sea el caso.
Tanto los familiares como los médicos tratantes tendrán la obligación de respetar la decisión que de manera voluntaria tome la persona en torno a recibir o no cuidados o tratamiento paliativo.
Esta ley prevé el derecho de las personas a la ortotanasia, que significa recibir atención médica con total respeto al proceso natural de muerte, permitiendo que la enfermedad siga su curso, sin prolongar artificialmente la vida de un paciente terminal.
Eso implica la no administración de medicamentos o tratamientos que, si bien alargan la vida, no mejoran el estado de salud y sólo prolongan el sufrimiento.