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Ordena SCJN dejar sin efecto reapertura comercial en Cuautla


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El municipio deberá suspender las actividades comerciales y acatar las indicaciones de las autoridades sanitarias estatales.

El municipio de Cuautla deberá suspender las actividades comerciales y acatar las indicaciones de las autoridades sanitarias estatales, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó al Poder Ejecutivo de Morelos la suspensión contra el acuerdo del Cabildo que permitió la reactivación de actividades no esenciales a pesar de que Morelos se encuentra en semáforo rojo por el número de casos de covid-19.

En el caso de Cuernavaca, se espera que en las próximas horas la SCJN conceda la suspensión en los mismos términos, ya que el caso fue turnado para su acumulación con el caso Cuautla.

De acuerdo con la información publicada en estrados, la SCJN, por considerarlo como un asunto de urgente resolución, admitió la controversia constitucional 92/2020 promovida por el Poder Ejecutivo Estatal y concedió la medida cautelar solicitada.

“Visto el estado procesal del expediente y toda vez que se trata de una controversia constitucional urgente, ya que se solicita la suspensión, es menester tramitar este asunto vía electrónica”, dice el acuerdo de admisión, por el cual “se concede la medida cautelar solicitada por el Poder Ejecutivo de Morelos, respecto del acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales que se deberán implementar para la apertura de las diferentes actividades en el municipio de Cuautla, Morelos, derivado de la sesión de cabildo de 16 de junio de 2020, para los efectos y consecuencias que se señalan en este proveído”.

El Alto Tribunal solicitó al Ayuntamiento de Cuautla responder vía electrónica a la demanda constitucional dentro de un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente en que surta efectos la notificación, por la vía electrónica.

El acuerdo de Cabildo impugnado aprobó no prolongar más el confinamiento provocado por la pandemia del coronavirus y permitía la apertura paulatina de las actividades comerciales, recreativas y religiosas.

El Poder Ejecutivo también promovió la controversia constitucional 93/2020 contra el Cabildo en funciones y el Comité Municipal de Contingencia Covid-19 del Municipio de Cuernavaca.

Por conexidad, la presidencia del SCJN turnó la controversia para su acumulación con el caso Cuautla, porque se impugnaron actos concretos de contenido igual o similar. Se espera que en las próximas horas, el ministro instructor emita el acuerdo que determine si concede o no la suspensión solicitada por el Poder Ejecutivo estatal.

Consultado al respecto, Samuel Sotelo Salgado, Consejero Jurídico del Gobierno del Estado de Morelos, señaló que todavía no tenía la notificación del acuerdo de la suspensión concedida por la SCJN, sin embargo, el extracto publicado en estrados infiere que la medida cautelar implica retrotraer los efectos, es decir, que el acuerdo del Cabildo se mantenga en suspenso y que solo mantengan las actividades esenciales en el municipio y acate las restricciones de las autoridades sanitarias estatales, en virtud de que todo el territorio estatal se mantiene en semáforo rojo y con alto riesgo de contagio del coronavirus.

Dijo que espera que en las próximas horas se deberá notificar a las partes los efectos precisos y consideraciones de la SCJN respecto a la suspensión concedida, y hasta entonces se sabrá bajo qué circunstancias deberá el Ayuntamiento de Cuautla acatar la medida cautelar.

 

 

 

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Maciel Calvo

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