La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la constitucionalidad de la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para bloquear cuentas bancarias con base en indicios, sin necesidad de una orden judicial.
El proyecto, elaborado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, propuso validar la reforma de 2022 al considerar que esta facultad tiene carácter administrativo y no penal, además de que contempla el derecho de audiencia y la posibilidad de presentar pruebas por parte de los afectados.
La propuesta fue aprobada por mayoría de seis ministros. En contraste, la ministra Yasmín Esquivel y los ministros Giovanni Figueroa Mejía y Arístides Guerrero votaron en contra.
Durante la discusión, los ministros que se opusieron manifestaron preocupación por la facultad de la UIF para incluir a personas en listas de bloqueo con base en indicios de posibles vínculos con lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
El ministro Figueroa Mejía cuestionó que los afectados deban demostrar su inocencia ante la UIF sin contar con las reglas, tiempos ni garantías de un proceso penal.
Por su parte, la ministra Esquivel advirtió que, aunque la medida puede ser útil para combatir delitos financieros, no debe comprometerse el principio de seguridad jurídica por una norma deficiente.
En defensa del proyecto, la ministra Ortiz sostuvo que es necesario que la UIF cuente con herramientas para realizar bloqueos preventivos, señalando que existen compromisos internacionales que obligan al país a implementar medidas eficaces contra el uso indebido del sistema financiero.
