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CNDH se pronuncia en contra del delito de 'ciberasedio' creado en Puebla

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se sumó a las críticas contra la llamada ‘ley censura’ aprobada por la mayoría morenista en Puebla.

La CNDH informó que ya trabaja en una Acción de Inconstitucionalidad que “recoge el clamor de numerosos grupos de comunicadores y ciudadanos”.

La reforma establece el delito de “ciberasedio”, definido como “quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”.

La CNDH expresó su preocupación por la creación de este delito, señalando que “su falta de claridad puede, potencialmente, prestarse a un uso contrario a lo que se busca”.

Además, destacó que el artículo presenta “ambigüedades que podrían dar lugar a restricciones indebidas al derecho a la libertad de expresión, particularmente cuando se trate de opiniones, críticas o manifestaciones en contextos de interés público”.

Por ello, la Comisión hizo un llamado a “revisar la redacción del citado artículo, a fin de que se garantice el cumplimiento del principio de legalidad y prevenir el uso del derecho penal como medio indirecto de censura o inhibición del ejercicio del derecho a manifestar ideas, pensamientos y opiniones por cualquier medio”.

Por su parte, comunicadores y organizaciones de la sociedad civil como Artículo 19 y la Red de Periodistas Puebla alertaron sobre los riesgos que representa esta nueva legislación para la libertad de expresión, ya que el ejercicio de este derecho incluye discursos que pueden “ofender, insultar”.

Estas organizaciones señalaron que otros delitos contemplados en la reforma contienen definiciones amplias y carentes de conocimiento técnico.

Un ejemplo es el Artículo 479, relacionado con el espionaje digital, que indica simplemente que es delito “quien se introduzca a un equipo o sistema informático sin la autorización de su legal y legítimo titular”.

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