La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las leyes que penalizaban el aborto voluntario y establecían requisitos para acceder a la interrupción del embarazo por violación en Chihuahua, luego de que el Congreso estatal se negara a legislar pese a una orden judicial.
Con esta decisión, Chihuahua se convierte en el estado número 21 de México en despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación. Sin embargo, a diferencia de los demás estados, este cambio no fue resultado de una reforma legislativa, sino de una resolución de la Corte.
La SCJN resolvió la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2024 la mañana de este jueves, estableciendo la invalidez inmediata de los artículos 143 (párrafos primero y segundo), 145 y 146, así como del proemio y la fracción I del Código Penal del estado.
Como consecuencia, ya no es necesario que el Congreso de Chihuahua modifique la legislación, ya que la sentencia tiene efectos inmediatos y anula las prohibiciones impugnadas.
Organizaciones a favor del derecho al aborto explicaron en un comunicado que, al tratarse de normas penales, la resolución tiene efectos retroactivos, conforme al artículo 234 de la Ley de Amparo.
Esto implica que las autoridades estatales deben cancelar cualquier proceso penal en curso o ejecución de sentencia contra personas que hayan abortado voluntariamente.
Además, señalaron que con la eliminación de las barreras legales, el Estado de Chihuahua está obligado a garantizar el acceso al aborto voluntario y al aborto por violación como parte de los servicios de salud.
En un boletín firmado por Marea Verde Chihuahua, Red de Aborto Seguro Chihuahua, Morrxs Autonomxs, Abortistas Mx y Cheros, los colectivos enfatizaron que el gobierno no puede poner excusas para negar este derecho.