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Vigilarán que motociclistas cumplan ley


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Vigilarán que motociclistas cumplan ley


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La Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial en vigor incluye estrictas medidas de protección que los conductores de dichos vehículos deben cumplir; se contemplan operativos de supervisión.

La nueva Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial de Morelos prohíbe transportar a menores de 12 años de edad en motocicletas y se obliga a conductores y acompañantes a utilizar un casco de seguridad certificado en todo momento, a fin de reforzar la seguridad de los ocupantes.

El casco deberá cumplir con la Norma Oficial Mexicana o con estándares internacionales equivalentes y deberá mantenerse debidamente abrochado durante todo el recorrido del viaje para garantizar su función protectora.

También se prohíbe transportar a más personas de las permitidas por el diseño del vehículo y trasladar a personas que no puedan sujetarse de manera segura o que no alcancen a colocar los pies en los estribos.

En cuanto a la conducción del vehículo, se establece que los motociclistas deberán circular con las luces delanteras y traseras encendidas de forma permanente y utilizar un carril completo, es decir, que no podrán transitar entre carriles o entre vehículos en movimiento, como lo hacen actualmente.

Todas las motocicletas deberán portar una placa vigente y visible, además de la tarjeta de circulación física o digital, y para garantizar el cumplimiento se implementarán los operativos de verificación.

 

Seguridad vial

Por otra parte, la nueva Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial establece un orden de prioridad en la movilidad, encabezado por peatones, ciclistas, usuarios y prestadores del transporte público, así como prestadores de servicios de transporte y distribución de bienes, y usuarios de vehículos motorizados particulares.

La legislación también incorpora la "Seguridad vial con visión cero", en la que se considera inaceptable cualquier muerte o lesión grave derivada de siniestros viales, por lo que incorpora el enfoque de "Sistemas Seguros", que obliga a diseñar infraestructuras y políticas que reduzcan las consecuencias de "errores humanos".

Entre las medidas de esta nueva ley destacan límites de velocidad más estrictos en zonas urbanas, el uso obligatorio de cinturón de seguridad y cero tolerancia al consumo de alcohol o sustancias psicoactivas para conductores de transporte público, escolar o de emergencia.

La nueva ley también contempla la creación de una Base de Datos Única de Siniestralidad Vial, la realización de auditorías de seguridad y la prohibición de accesorios como “tumbaburros” en vehículos particulares.

La norma también impulsa la transición hacia un Sistema Integrado de Transporte Público, con modelos como Ruta-Empresa, y con regulación a las Empresas de Redes de Transporte (ERT) mediante requisitos de registro, seguros y mecanismos de seguridad.

De igual manera, se fomenta la movilidad eléctrica y se regula la micromovilidad con prohibición a la circulación de bicicletas y patinetas en banquetas o vías de acceso controlado.

Integra enfoques transversales de género, inclusión y diseño universal, y reconoce la necesidad de prevenir la violencia contra las mujeres en el transporte público colectivo.

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Antonella Ladino

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