Política
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Llama Impepac a denunciar actos de candidatos que violen la veda electoral

Llamar al voto de manera directa es proselitismo; sin denuncia no hay sanción.

Durante lo que se ha denominado “veda electoral”, que comenzó a partir del 16 de febrero y concluye el 19 de abril, para el caso de quienes participarán en cargos a diputaciones locales y presidencias municipales, un acto anticipado de precampaña o proselitismo es aquel que llame al voto de manera directa a favor de un candidato o partido, así lo manifestaron autoridades electorales locales y fue confirmado por el Órgano Nacional Electoral.


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El sábado 14 de marzo, Fernando Guadarrama, candidato del Partido Movimiento Ciudadano,  realizó una caravana con banderas del Partido y alrededor de 30 personas que caminaron por la carretera Yautepec-Tepoztlán parándose en casas y negocios.  Mientras que por otro lado, durante estos últimos días el gobierno federal está otorgando tres meses anticipados del programa “60 y más” junto con una pantalla de 24 pulgadas de regalo para los inscritos en este programa. Otros reportes ciudadanos señalan que de otros programas federales también les están regalando pantallas de 26 pulgadas.  

Este tipo de acciones, que pudieran encuadrarse dentro de un proselitismo que durante este tiempo está prohibido;  o promoción de algún Partido en particular, pudieran ser  sancionadas, siempre y cuando la ciudadanía o partidos políticos realicen una queja formal ante los órganos electorales correspondientes, dijo Xitlali Gómez Terán, consejera del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac).

En el caso del candidato Fernando Guadarrama, la funcionaria electoral señaló que “ahí sería cuestión de que los partidos o ciudadanos que sientan que eso es un acto anticipado o proselitista, presenten su queja ante esta instancia electoral para que analicemos y nos pronunciemos en el fondo” y aceptó que podría ser inducción al voto, aún cuando no diga vota por mí.

La entrega de pantallas o apoyos sociales, dijo “eso también son actos que pueden ser sancionados,  pero tiene que haber una denuncia previa ante los órganos electorales correspondientes, porque sólo así se tiene la facultad de actuar y conminar a las instancias federales a que no lo hagan; entonces hay que tener mucho cuidado…ser cabales con la ley”. En este sentido, Gómez Terán señaló que “ciudadanos y partidos políticos son los que pueden quejarse porque esos actos afectan el principio de imparcialidad y equidad de una contienda”, ya que son recursos federales o acciones que se están realizando en época electoral y de veda.

En este sentido, la consejera hizo un llamado a  militantes, candidatos, simpatizantes, Partidos y ciudadanos independientes, a que eviten tres cosas para que se les cancele su registro: 1. Actos anticipados de campaña que induzcan al voto directo por alguien; 2. Rebase de financiamiento en las pre y las campañas; y 3. Las calumnias e injurias entre los propios candidatos.

En este contexto,  consejeros locales y el propio consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE) en Morelos, Dagoberto Santos Trigo, han señalado que acto anticipado o proselitismo, es cuando se pide el voto directo por alguien en tiempo de veda, mientras eso no suceda; o bien, no existan quejas formales ante los órganos electorales,  esos actos pueden quedarse sin sanción alguna, aún cuando se den a conocer en los medios de comunicación.  Y que durante este tiempo,  los partidos políticos sí pueden expresarse y dar a conocer sus plataformas, siempre y cuando no induzcan al voto directo.

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Claudia Marino

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