La Secretaría de Movilidad y Transporte es la que determina si la unidad con permisos provisionales puede circular, señala el magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa.
El magistrado de la Segunda Sala del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) Guillermo Arroyo Cruz, afirmó que la Secretaría de Movilidad y Transportes (SMyT) es quien tiene la facultad para determinar qué unidades del transporte público con permisos provisionales pueden circular, y recalcó que el órgano jurisdiccional únicamente resolverá sobre la legalidad o no del acto de autoridad reclamado, dentro del juicio promovido por un grupo de concesionarios.
Luego de que hace unos días un grupo de transportistas protestó contra la suspensión concedida por el TJA a otro grupo de concesionarios que demanda la regularización de sus unidades, confirmó que su sala otorgó la medida cautelar a poco menos de 200 personas para efecto de que “las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran”, mientras se resuelve de fondo el juicio administrativo.
“En esa demanda la prevenimos porque no reunía ciertos requisitos, una vez subsanada la prevención fue admitida, pero de 200 personas aproximadamente que participaron en la demanda, solamente le concedimos la suspensión a poco menos de la mitad, porque solo ellos reunieron las requisitos para ello.
“Una vez que el resto de transportistas reunió los requisitos, también concedimos la suspensión a otra parte proporcional; así que entonces, el tema es un asunto de legalidad, el tema de si deben o no deben circular es un tema que tiene que resolver Movilidad y Transporte, no nosotros”.
Explicó que la suspensión a los quejosos fue otorgada bajo la apariencia del buen derecho, pues las personas que se acreditaron como transportistas alegaron que sus unidades circulan desde hace varios años, que hicieron una petición de regularización y presentaron los recibos de pago expedidas por las autoridades estatales.
Subrayó que, con base a las pruebas y documentales que las partes aporten a la demanda es que podrá resolver sobre la legalidad o no de los actos reclamados.