Que el enlace fue el comandante Bereta y que el periodista también exigía un pago mensual, pero ése no se lo concedió. El acuerdo consistió en que Ravelo podía mencionar a Arturo Beltrán o a la Barbie pero al Grande no, o cuando llegaba a salir, salía con una mínima mención, hasta que fue detenido. El ahora testigo protegido también mencionó que el reportaje de su detención publicado en Proceso está basado en mentiras y agregó que Ravelo tiene comunicación con otros miembros de la organización como Ismael Correin, alias “El Judío”, y que varias organizaciones del crimen organizado le entregan dinero.
Respecto de un testigo protegido, hay dos opciones: una, no me merecen ningún crédito sus declaraciones por venir de criminales que además pueden buscar dañar precisamente a quien se negó a corromperse, ponerse a su servicio, o contribuyó a su detención. En muchos países por eso no aceptan esa figura jurídica. Siguiendo esa línea de pensamiento, las acusaciones en contra de Ravelo carecen de credibilidad, pero siendo consistentes en la argumentación, el reportaje de la revista Proceso titulado “El Grande hasta con Calderón convivió” tampoco tienen credibilidad ya que paradójicamente viene del mismo testigo protegido. Aún más, muchos de los reportajes de Proceso de los últimos años han tenido como fuente declaraciones hechas bajo esa controvertida figura, lo que dejaría muy mal parada la credibilidad y línea editorial de la multicitada revista. Es decir, no es objetivo el periodismo que descalifica y se victimiza cuando las declaraciones de un testigo protegido lo afectan, pero que las acepta y usa como verdades absolutas cuando son contrarias a políticos o gobiernos que casualmente no se publicitan en el medio informativo en cuestión.
Otra opción es la aceptada por nuestra legislación: otorgarle valor a esas declaraciones y usarlas como una herramienta para combatir al crimen organizado. En ese sentido, no tomemos partido como lo han hecho la mayoría de los periodistas, en función de si nos cae bien o mal alguno de los medios involucrados. Analicemos la información para emitir un juicio.
Ricardo Ravelo publicó el día 4 noviembre en el portal de Proceso, “El testimonio de Sergio Villarreal Barragán, El Grande, es falso… Por ejemplo, Proceso nunca dejó de hablar del presunto capo desde que su figura se hizo notoria, a partir de 2007; 27 reportajes y cuatro ediciones especiales publicados entre 2007 y 2010 así lo demuestran”.
Sin embargo, al hablar de notas específicas de Ravelo en Proceso, tenemos la publicada el 20/XII/2009 titulada “Un golpe lleno de dudas” sobre la trascendente muerte de Arturo Beltrán. En el texto se menciona a Arturo Beltrán, Beltrán Leyva o apelativos, en 35 ocasiones y aparece su foto; a Édgar Valdez, la Barbie, en 10 ocasiones y su foto, mientras que de Sergio Villareal, el Grande, una ocasión y sin foto. Según la nota, la Barbie y el Grande tenían puestos de similar importancia. Respecto a Ismael Correin, alias “El Judío”, el buscador por palabra de Proceso arroja cero resultados.
Que si la información dada a conocer por López Dóriga es venganza, revancha o amenaza porque en la revista Proceso se ha criticado la línea editorial de la televisora y además dio a conocer el convenio de publicidad entre Peña Nieto y Televisa, es posible, es más aceptando que sea la causa, eso no quita que existieron esas declaraciones por parte de El Grande y que tanto el grupo informativo comandado por Azcárraga tiene derecho a informar cuando una noticia atañe a Proceso como la revista a informar sobre Televisa.
Demos la bienvenida a una nueva realidad informativa y combatamos esa vergonzante frase “Perro no come perro” en alusión a que un medio informativo no debe dar a conocer lo concerniente a otro medio. Si queremos mejorar como sociedad se debe acabar con los poderes intocables, sean rojos, azules, amarillos, verdes, rosas, de derecha o de izquierda.
¿Y lo legal apa?
El tema da para más, la información se originó de una filtración y el Código Penal Federal indica:
“ARTÍCULO 225…XXVIII.- Dar a conocer a quien no tenga derecho, documentos, constancias o información que obren en una averiguación previa o en un proceso penal y que por disposición de la ley o resolución de la autoridad judicial, sean confidenciales, y… A quien cometa los delitos previstos en las fraccione(s) XXVIII se le impondrá pena de prisión de cuatro a diez años y de mil a dos mil días multa…En todos los delitos previstos en este Capítulo, además de las penas de prisión y multa previstas, el servidor público será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos”.
Así tenemos que el servidor público que facilitó la información a Televisa cometió un delito, pero es un tema que ha sido pasado de largo, quizás porque también muchos de los reportajes estelares de la revista Proceso han usado información reservada y su informante o informantes han incurrido en ese mismo delito. Como generalmente ocurre en nuestro país, pero no por ello deja de ser sumamente grave, lo que dice la ley es lo que menos han tomado en cuenta tanto Televisa como Proceso.